La Justicia de Córdoba condenó a prisión perpetua a Mario Andrés García, el hombre que hace cinco meses asesinó a su hijo de dos años de un tiro en la cabeza para causarle daño a su expareja.
Fue durante un juicio abreviado que se llevó a cabo en la Cámara del Crimen de Laboulaye, en el que el imputado por homicidio calificado por violencia de género transversal admitió su responsabilidad para evitar pasar por la audiencia oral.
“O vive conmigo o no vive con nadie”
El hecho que fue juzgado ocurrió el 14 de marzo pasado en la localidad cordobesa de General Levalle. Ese día García y la madre de la víctima, recientemente separados tras una relación de ocho años, habían sido citados en el Juzgado de Paz para definir un régimen de visitas.
Sin embargo, lejos de buscar un acuerdo, el ahora condenado aprovechó la oportunidad para arrebarle el nene a su expareja, subirlo a su auto y matarlo de un disparo en la cabeza.
Según publicaron los medios locales, después de cometer el crimen García fue al Hospital de Levalle, donde trabaja su exsuegra, buscó a la mujer y le tiró encima el cuerpo de su nieto con una promesa escalofriante: “O vive conmigo o no vive con nadie. Ahora voy por tu hija”.
En su primera declaración, el filicida intentó despegarse del hecho y manifestó que quiso suicidarse pero el disparo dio en su hijo por accidente. La estrategia se desdibujó rápidamente por el peso de las pruebas en su contra. Cinco meses después enfrentó a la Juticia y resultó condenado a la pena máxima: prisión perpetua.
La figura venganza transversal se incorporó al Código Penal en el 2012 y se refiere al hecho cometido con el propósito de causar sufrimiento de por vida a una persona con quien se sostiene o se ha sostenido una relación de pareja. Es el caso en que se “mata a inocentes para hacer sufrir a un tercero”. El autor produce dos víctimas: el muerto y la persona que sufre por esa muerte. Por lo que le corresponde la pena más severa.