Tribunal colegiado dispuso medidas sustitutivas para imputado por portar arma
Hoy al mediodía se llevó a cabo en la Oficina Judicial la audiencia de revisión de la prisión preventiva de Juliano Monaldi imputado del delito de portación de arma de fuego sin la debida autorización.
Esta medida de coerción por el término de 3 meses con permiso para salidas laborales fue impuesta por el juez penl José Rago cuando se realizó la audiencia de control y apertura de investigación y hoy fue examinada por un tribunal integrado por los jueces Mariano Nicosia y Alejandro Soñis en virtud de lo solicitado por el defensor Alejandro Fuentes, abogado de confianza.
En principio el defensor Alejandro Fuentes objetó la decisión del juez penal José Rago quien dictó la prisión preventiva con fundamento en el peligro de fuga –art. 220 inc. 1,2 y 3, art. 221 inc. 2 del Código Procesal Penal. Consideró que si bien su asistido tiene una condena en suspenso cuya pena está cumpliendo, como contrapartida posee un domicilio fijo, un trabajo estable y tiene a su cargo a su mujer y un bebé de 2 meses. Asimismo desestimó el planteo realizado en su oportunidad por el Ministerio Público Fiscal en relación a que su pupilo puede cometer nuevos hechos ilícitos, aspecto que atentaría contra la presunción de inocencia.
El defensor calificó como contradictorio que se autoricen las salidas laborales todos los días de 8 a 19 hs pero que no se haga lugar al arresto domiciliario, medida que también fue planteada por el Ministerio Público Fiscal de manera subsidiaria. En virtud de lo expuesto solicitó la libertad de su asistido con presentaciones cada 15 días ante la Oficina Judicial o en subsidio la prisión domiciliaria con salidas laborales bajo la vigilancia del empleador.
Por su parte, el Ministerio Público Fiscal a través de Andrea Rubio –funcionaria de fiscalía- argumentó que en la audiencia que se concretó ayer no se cuestionó el arraigo que tiene el imputado sino se puso en valor la característica del hecho y la pena que se espera como resultado del proceso. El imputado fue detenido por la Brigada de Investigaciones con un arma calibre 38 en horas de la noche, por lo tanto, según la Fiscalía la portación del arma y la nocturnidad agrava las características del hecho.
El Ministerio Público Fiscal advirtió que la prisión preventiva por 3 meses está morigerada con el permiso para salidas laborales todos los días, por lo cual el tiempo de encierro es reducido. De esta manera, solicitó que se confirme la privación de la libertad y estableció que el arresto domiciliario es difícil de controlar y no asegura el sometimiento del imputado al proceso, informó la oficina de Prensa de la Judicatura.
Luego de un cuarto intermedio, el tribunal resolvió de manera unánime revocar la prisión preventiva y dictaminó la aplicación de medidas sustitutivas previstas en el art. 227 inc. 3 y 4 del Código Procesal Penal que implican la obligación de presentarse cada 15 días ante la Oficina Judicial y la prohibición de alejarse del radio urbano de la ciudad sin previa autorización de la autoridad judicial.
Los jueces consideraron que la parte acusadora no explicó por qué la portación de armas en horario nocturno ha sido más peligrosa que en otro horario o circunstancia. Y respecto a la calificación del hecho, notaron que la portación del arma ha sido adjudicada a Monaldi cuando en el auto en que circulaba estaba acompañado por otras personas en tanto el arma estaba en el asiento posterior, lo cual podría derivar en una calificación legal más leve.
Tribunal colegiado dispuso medidas sustitutivas para imputado por portar arma
Hoy al mediodía se llevó a cabo en la Oficina Judicial la audiencia de revisión de la prisión preventiva de Juliano Monaldi imputado del delito de portación de arma de fuego sin la debida autorización….
jueves 17/11/2011 - 17:30Hoy al mediodía se llevó a cabo en la Oficina Judicial la audiencia de revisión de la prisión preventiva de Juliano Monaldi imputado del delito de portación de arma de fuego sin la debida autorización.
Esta medida de coerción por el término de 3 meses con permiso para salidas laborales fue impuesta por el juez penl José Rago cuando se realizó la audiencia de control y apertura de investigación y hoy fue examinada por un tribunal integrado por los jueces Mariano Nicosia y Alejandro Soñis en virtud de lo solicitado por el defensor Alejandro Fuentes, abogado de confianza.
En principio el defensor Alejandro Fuentes objetó la decisión del juez penal José Rago quien dictó la prisión preventiva con fundamento en el peligro de fuga –art. 220 inc. 1,2 y 3, art. 221 inc. 2 del Código Procesal Penal. Consideró que si bien su asistido tiene una condena en suspenso cuya pena está cumpliendo, como contrapartida posee un domicilio fijo, un trabajo estable y tiene a su cargo a su mujer y un bebé de 2 meses. Asimismo desestimó el planteo realizado en su oportunidad por el Ministerio Público Fiscal en relación a que su pupilo puede cometer nuevos hechos ilícitos, aspecto que atentaría contra la presunción de inocencia.
El defensor calificó como contradictorio que se autoricen las salidas laborales todos los días de 8 a 19 hs pero que no se haga lugar al arresto domiciliario, medida que también fue planteada por el Ministerio Público Fiscal de manera subsidiaria. En virtud de lo expuesto solicitó la libertad de su asistido con presentaciones cada 15 días ante la Oficina Judicial o en subsidio la prisión domiciliaria con salidas laborales bajo la vigilancia del empleador.
Por su parte, el Ministerio Público Fiscal a través de Andrea Rubio –funcionaria de fiscalía- argumentó que en la audiencia que se concretó ayer no se cuestionó el arraigo que tiene el imputado sino se puso en valor la característica del hecho y la pena que se espera como resultado del proceso. El imputado fue detenido por la Brigada de Investigaciones con un arma calibre 38 en horas de la noche, por lo tanto, según la Fiscalía la portación del arma y la nocturnidad agrava las características del hecho.
El Ministerio Público Fiscal advirtió que la prisión preventiva por 3 meses está morigerada con el permiso para salidas laborales todos los días, por lo cual el tiempo de encierro es reducido. De esta manera, solicitó que se confirme la privación de la libertad y estableció que el arresto domiciliario es difícil de controlar y no asegura el sometimiento del imputado al proceso, informó la oficina de Prensa de la Judicatura.
Luego de un cuarto intermedio, el tribunal resolvió de manera unánime revocar la prisión preventiva y dictaminó la aplicación de medidas sustitutivas previstas en el art. 227 inc. 3 y 4 del Código Procesal Penal que implican la obligación de presentarse cada 15 días ante la Oficina Judicial y la prohibición de alejarse del radio urbano de la ciudad sin previa autorización de la autoridad judicial.
Los jueces consideraron que la parte acusadora no explicó por qué la portación de armas en horario nocturno ha sido más peligrosa que en otro horario o circunstancia. Y respecto a la calificación del hecho, notaron que la portación del arma ha sido adjudicada a Monaldi cuando en el auto en que circulaba estaba acompañado por otras personas en tanto el arma estaba en el asiento posterior, lo cual podría derivar en una calificación legal más leve.