Tres años y tres meses de prisión efectiva para Luis Vidal

La pena de reclusión se dictaminó en el marco del juicio por lesiones leves agravadas y amenazas hacia Lorena Paredes. La semana pasada, de forma semipresencial, se llevó adelante la audiencia de cesura o imposición…

martes 22/06/2021 - 14:37
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La pena de reclusión se dictaminó en el marco del juicio por lesiones leves agravadas y amenazas hacia Lorena Paredes.

La semana pasada, de forma semipresencial, se llevó adelante la audiencia de cesura o imposición de pena en el juicio por lesiones leves agravadas y amenazas a Lorena Paredes que tiene como declarado responsable a Luis Vidal.

La fiscal solicitó en ese momento, en base a las circunstancias agravantes y atenuantes del caso, la pena de 3 años y 6 meses de prisión para Vidal; en tanto que la defensa pidió un año de prisión en suspenso y dos años de reglas de conducta, tratamiento psicológico y prohibición de acercamiento con tobillera electrónica.

Finalmente el juez integrante del tribunal pasó a deliberar y fijó fecha para hoy martes 22 de junio, en horas del mediodía, para dar a conocer su veredicto de pena, que finalmente fue de tres años y tres meses de prisión efectiva.

El tribunal unipersonal de debate fue integrado por Miguel Caviglia, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de Vidal fue ejercida por Ivo Di Taranto y Lilian Borquez, defensores públicos.

El veredicto

El mediodía del presente martes el juez penal Miguel Caviglia resolvió condenar a Luis Vidal a la pena de tres años y tres meses de prisión de cumplimiento efectivo. En la pasada audiencia de cesura de pena la fiscal solicitó, en base a las circunstancias agravantes y atenuantes del caso, la pena de 3 años y 6 meses de prisión para Vidal; en tanto que la defensa un año de prisión en suspenso y dos años de reglas de conducta, tratamiento psicológico y prohibición de acercamiento con tobillera electrónica.

El tribunal unipersonal de debate fue integrado por Miguel Caviglia, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de Vidal fue ejercida por Ivo Di Taranto y Lilian Borquez, defensores públicos.

La fiscal en su alegato de pena recordó que ya Vidal fue declarado autor penalmente responsable por el delito de “lesiones leves doblemente agravadas por el vínculo y por ser cometidas en contexto de violencia de género, y amenazas”. Se debe considerar la magnitud del injusto y el grado de culpabilidad para establecer la pena dentro de una escala penal de 6 meses a 4 años de prisión. Debemos tener en cuenta la intensidad o gravedad del injusto, como la naturaleza de la acción y los medios empleados para ejecutarla. Éste fue un hecho de violencia extrema, un hecho brutal, que si bien fue catalogado como lesiones leves hubo una sucesión de golpes con distintos medios y esto debe ser considerado como agravante de la pena, agregó la fiscal Blanco. También se debe considerar la violencia psicológica ejercida como las amenazas con prenderla fuego, sabiendo del miedo de la víctima al fuego. El doble agravante del delito, de la relación de pareja y el contexto de violencia de género, nos permite alejarnos del mínimo de la escala penal. El daño psicológico en la víctima, al día de hoy casi tres años después del hecho, no ha sido superado, esto también debe ser considerado como agravante; como también la calidad de los motivos que lo llevaron a delinquir. “Nada justifica el ataque que sufrió Paredes en ese momento”. Como único atenuante la fiscal consideró la falta de antecedentes penales de Vidal. En función de todo esto solicitó la pena de 3 años y 6 meses de prisión para el imputado.

Por su parte los defensores expresaron que es distinta la escala penal que maneja la defensa, de seis meses a dos años de prisión, en virtud del concurso de los delitos. “No hubo explicación de porqué se cambia de criterio respecto del concurso de delitos, de real a ideal, desde el alegato de apertura al alegato de clausura. Esto afecta el principio del derecho a defensa en juicio” argumentaron los defensores. En igual sentido argumentaron que “el fin de la pena es la resocialización” de la persona, y “no un castigo”. Se debe tener en cuenta el comportamiento posterior de su asistido ya que no existe ningún incumplimiento”, concluyeron los defensores. Por lo cual pidieron “un año de prisión en suspenso y dos años de reglas de conducta, tratamiento psicológico y prohibición de acercamiento con tobillera electrónica” para Vidal.

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