Dos cacos que estaban imputados en un robo con arma de fuego en grado de tentativa, fueron hoy condenados por la mañana en la Oficina Judicial de nuestra ciudad, por el tribunal unipersonal conformado por el juez penal José Rago.
Los 3 años y 4 meses de prisión serán de cumplimiento efectivo para Rubén Darío Saldivia y Miguel Ángel Vázquez, por haber sido hallados coautores del delito de tentativa de robo con arma de fuego -arts. 42 y 166 inc.2 segundo párrafo del Código Penal- en perjuicio del propietario de una concesionaria autos ubicada en calle 13 de diciembre esquina Rawson.
A este veredicto arribó el tribunal luego de escuchar los alegatos de las partes. En primer lugar el Ministerio Público Fiscal a través de Adrián Cabral -fiscal general- mantuvo el criterio de acusación planteado a lo largo de la audiencia de debate y sostuvo que ha quedado acreditada la materialidad y autoría del hecho en función de las pruebas aportadas, los testimonios de testigos que intervinieron en el hecho y el relato fundamental de la víctima. Solicitó una pena de 3 años y 5 meses de prisión.
Desde la defensa Lilian Bórquez -abogada de confianza de Rubén Darío Saldivia- cuestionó el procedimiento que se llevó adelante para incautar los elementos, consideró que estaban ubicados en distintos lugares. En relación a la víctima, estimó que había exagerado en sus dichos y que el arma secuestrada era de su propiedad, que se encontraba previamente en el local. Reafirmó esta postura al analizar que en función de la contundente contextura física de Saldivia, podría haber reducido a la víctima sin necesidad de usar un arma. Por lo tanto, solicitó que se lo declare responsable del delito de robo simple en grado de tentativa y que se aplique la pena mínima.
Por su parte Guillermo Iglesias, abogado de confianza de Miguel Ángel Vázquez- planteó que su pupilo siguió los pasos de Saldivia y no tomó participación en la acción contra la víctima. También evaluó que el arma ya estaba en el lugar y agregó que el vecino que avisó a la policía en ningún momento habló de la utilización de algún tipo de armamento. Y ratificó que a su pupilo no le adjudican haber usado el arma, por consiguiente adujo que se le debe imputar el delito de robo simple en grado de tentativa, informó la oficina de Prensa de la Judicatura.
Finalmente el juez penal José Rago consideró que la suma de pruebas que se han producido en la audiencia de debate permitieron llegar a la comprobación de la circunstancia del hecho promovido por el Ministerio Público Fiscal. Agregó que la base de los elementos de juicio para arribar a esta conclusión lo constituyen la sólida prueba testimonial, los elementos secuestrados y la pericia realizada sobre un arma de fuego. Por consiguiente, en función de la falta de antecedentes de los imputados decidió aplicar el mínimo de la escala penal y los condenó a 3 años y 4 meses de prisión de cumplimiento efectivo y estableció mantener la situación de libertad de ambos hasta que la sentencia quede firme.