El Gobernador del Chubut, Ignacio ‘Nacho’ Torres, destacó este viernes la aprobación de la Ley que dispone la inmediata restitución de un inmueble usurpado a su legítimo dueño, sin esperar el resultado de la causa penal. La iniciativa, enviada a la Legislatura de la Provincia a instancias del propio mandatario, incorpora un artículo al Código Procesal Penal para garantizar el derecho a la propiedad y proteger a las víctimas de delitos de esta naturaleza.
El proyecto, votado en la sesión de este jueves, había sido anticipado a principios de esta misma semana por el titular del Ejecutivo chubutense. Concretamente, estipula que a pedido del representante del Ministerio Público Fiscal o de la parte querellante, el juez podrá disponer el automático desalojo del usurpador y el reintegro de la posesión o tenencia del inmueble, urbano o rural, a su titular, siempre que se acredite como tal.
El artículo 238 bis de la Ley XV N° 9 establece, además, que dicha petición también podrá ser presentada por la víctima, aunque no esté formalizada su presentación en la causa como parte querellante.
Protección de la víctima
En ese marco, el mandatario provincial indicó que esta reforma al Código Procesal Penal de Chubut responde «a uno de los objetivos que nos planteamos desde el día uno», y añadió: «nuestra responsabilidad es proteger a la gente de bien, y aquel que cometa un delito deberá pagar las consecuencias».
En tal sentido, Torres aseguró que «se terminaron esos años donde las víctimas eran los delincuentes» e indicó que «de ahora en más en Chubut, vamos a ir hasta el fondo para que el que tome una propiedad que no es suya vaya preso».
«Lo que hace esta Ley es garantizar el derecho de propiedad y poner en el centro de la escena la protección de la víctima», remarcó el Gobernador y explicó que, «a partir de acá, cuando haya una usurpación el delincuente será desalojado y el legítimo dueño, cuando compruebe el dominio de su propiedad, no va a tener que esperar años para recuperarla».
Además, Torres detalló que «no hay motivo ni justificación para aplazar la restitución de los bienes a una víctima de usurpación, no es razonable», y señaló: «la Justicia tiene que estar al servicio de las víctimas y protegerlas».
Derecho de propiedad
En cuanto a los detalles de la iniciativa sancionada este jueves en la Legislatura, el vicegobernador Gustavo Menna reveló que «se incorpora un artículo al Código Procesal Penal de la provincia que dispone que en los casos donde el fiscal le impute a una persona el delito de usurpación; el propio fiscal, el querellante o la víctima, sin necesidad de constituirse como querellante, puede pedir el inmediato desalojo de ese intruso si acredita verosimilitud de ser el dueño, y a su vez el intruso no tiene modo de justificar por qué está adentro».
Asimismo, Menna explicó que «antes tenías que esperar al desenlace de la causa penal (la investigación, la audiencia preparatoria, la preliminar, la audiencia de juicio, la apelación), y la idea de esta norma es que la víctima no sufra dos veces: primero la despojaron de su propiedad y después tiene que esperar, para recuperarla, al desenlace del proceso penal».