El Gobierno Nacional anunció mediante en decreto, la suspensión de todos los vuelos comerciales hasta el 1° de septiembre. Después de esa fecha se podrán comercializar o reprogramar pasajes con una previa autorización del regulador.
La medida fue anunciada ayer sábado y según trascendió, en la resolución se puede leer lo siguiente:
«Que se ha entendido razonable fijar el día 1° de septiembre de 2020 a los efectos de reprogramar las operaciones regulares o solicitar autorizaciones para operaciones no regulares de transporte aéreo de pasajeros supeditadas al efectivo levantamiento de las restricciones impuestas al transporte aerocomercial y a las modalidades de operación que oportunamente se pudieren establecer en función de la salida ordenada de la emergencia generada por el nuevo Coronavirus Covid-19 «, dictamina la resolución que se publicará en pocas horas en el Boletín Oficial.
En su artículo uno, el decreto indica que «establécese que las Líneas Aéreas que operan servicios de transporte aéreo de pasajeros desde,hacia o dentro del territorio nacional podrán reprogramar sus operaciones regulares o solicitar autorizaciones para operaciones no regulares a partir del 1° de septiembre de 2020».
En el segundo, establece autorizar «a las Líneas Aéreas que operan servicios de transporte aéreo de pasajeros desde, hacia o dentro del territorio nacional a comercializar pasajes aéreos con fecha de inicio de operaciones a partir del 1° de septiembre de 2020».
En el artículo 3, aclara que «la reprogramación de operaciones y las autorizaciones referidas en el Artículo 1° estarán supeditadas al efectivo levantamiento de las restricciones impuestas al transporte aerocomercial y a las modalidades de operación que oportunamente se pudieren establecer en función de la salida ordenada de la emergencia generada por el nuevo Coronavirus COVID 19».