El decreto suspende por 30 días los vuelos provenientes de Europa, Estados Unidos, China, Corea, Japón e Irán. Quienes lleguen desde esos lugares deben cumplir los 14 días de cuarentena y la población estará obligada a reportar si tiene síntomas.
El presidente Alberto Fernández firmó el decreto de necesidad y urgencia que amplía la emergencia sanitaria a un año y determina la suspensión de los vuelos internacionales de pasajeros provenientes de las zonas afectadas durante el plazo de 30 días, entre otras medidas para hacer frente al coronavirus, declarado pandemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
El DNU establece que se consideran “zonas afectadas” por la pandemia de COVID-19, todos los países de Europa, Estados Unidos, Corea del Sur, Japón, China, e Irán. Por 30 días se suspenden los vuelos provenientes de esos destinos. Y se aclara que ese listado será revisado periódicamente.