Las personas que realicen compras con tarjetas en el exterior a partir de hoy deberán pagar un recargo de 20% en concepto de adelanto por Ganancias y Bienes Personales. La AFIP argumentó que la medida surge como respuesta a «irregularidades y conductas defraudatorias por parte de entidades financieras y agencias de turismo»
Tal como había trascendido en los últimos días, y pese a que no hubo un anuncio oficial, el Gobierno decidió reforzar el cepo al dólar, aumentando la alícuota sobre las compras en el exterior al 20%, e incluyendo todo tipo de paquetes comprados en el país, como los que venden las agencias de viaje.
Según la Resolución General 3450 publicada hoy en el Boletín Oficial, firmado por el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, la medida se toma en base a las «serias irregularidades y conductas defraudatorias por parte de entidades financieras y cambiarias, en particular casas de cambio y agencias de turismo y viajes».
Según la entidad, y luego de acciones fiscalizadoras realizadas por el organismo, «se constataron operaciones concertadas de manera irregular por parte de entidades que funcionaban como verdaderos ‘fugaductos’ de moneda extranjera del mercado cambiario oficial que dieron origen a acciones judiciales por violación al régimen penal cambiario y a la normativa relativa al lavado de dinero».
La medida recién se conoció cerca de las 8 de la mañana, ya que el sitio oficial del Boletín Oficial estuvo sorpresivamente fuera de servicio «por problemas técnicos».
La medida, que entró en vigencia desde la publicación misma de la Resolución, alcanza a «las operaciones de adquisición de bienes y/o prestaciones, locaciones de servicios y/o adelantos en efectivo, efectuadas en el exterior por sujetos residentes en el país, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, débito y/o compra, comprendidas en el Sistema previsto en la Ley N° 25.065, administradas por entidades del país».
Asimismo, «resultan incluidas las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales y/o cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen —mediante la utilización de Internet— en moneda extranjera».
Como novedad, el recargo alcanzará a «las operaciones de adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país», así como a «las operaciones de adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país».
La otra novedad de la Resolución es que ahora el recargo que pagarán los que viajen al exterior será del 20% y no del 15%, como se había establecido en el inicio del cepo cambiario, en agosto de 2011.
Según la AFIP, «es necesario implementar un marco regulatorio que dote de transparencia y equilibrio a estas operaciones cambiarias, desarrollando herramientas de compatibilización del sistema fiscal a los efectos de prevenir el desarrollo de estas conductas defraudatorias, tanto de entidades financieras y cambiarias —en particular casas de cambio y agencias de turismo y viajes— como de particulares».
Entre los ejemplos defraudatorios, la Resolución cita el caso de la empresa Viajes Ecuador Argentina SRL, el banco HSBC, y la Sociedad de Bolsa del interior «Epsilon».
También menciona a los 15.984 contribuyentes a los que se les suspendió a la Clave Única de Identificación Tributaria por haber comprado dólares para viajar al exterior, pero que no lo hicieron.
Está previsto que a las 10, el titular de la AFIP dé una conferencia de prensa en la que seguramente dará detalles sobre las nuevas medidas.