Seguridad Vial: Menna propone multas de hasta 500 mil pesos y penas de dos años de prisión

El diputado nacional chubutense de Juntos por el Cambio, Gustavo Menna, presentó un proyecto de ley para incorporar dos artículos al Código Penal y así establecer penas e inhabilitaciones para quienes pongan en peligro la…

viernes 30/04/2021 - 0:45
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El diputado nacional chubutense de Juntos por el Cambio, Gustavo Menna, presentó un proyecto de ley para incorporar dos artículos al Código Penal y así establecer penas e inhabilitaciones para quienes pongan en peligro la seguridad vial y la integridad física de las personas.

Tomó como fundamentos estadísticas elaboradas por diversas fuentes que muestran la alta incidencia de fallecimientos por accidentes viales tanto a nivel internacional como, sobre todo, nacional, consigna diario El Chubut.

Por un lado, el proyecto prevé incorporar el artículo 193 para reprimir con pena de prisión (de un mes a dos años) o de multa (100 mil a 500 mil pesos) e inhabilitación especial para conducir (de 6 meses a 3 años).

Estas multas serán para los conductores de un vehículo que “condujere bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a 500 miligramos por litro de sangre en el caso de conductores de transporte público o 1 gramo por litro de sangre en los demás casos; requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas; y condujere a velocidad superior en 60 kilómetros por hora a la máxima permitida reglamentariamente (en este último caso, si la velocidad fuese superior en 100 kilómetros por hora a la máxima permitida reglamentariamente, la inhabilitación especial será de 5 a 10 años)”.

La segunda modificación propuesta se refiere a la incorporación del artículo 281 al Código Penal, para reprimir “con pena de prisión de 6 meses a 3 años a la persona que condujere cualquier tipo de vehículo automotor estando inhabilitado para hacerlo por condena penal anterior recaída por aplicación de los artículos 84 bis, 94 bis o 193 bis del Código Penal”.

“Aún cuando las figuras penales en tratamiento no exigen un resultado material determinado, no puede soslayarse que sus fundamentos se basan en la cantidad de siniestros viales que ocurren diariamente y sus irreversibles consecuencias”, fundamentó Menna.

Tras mencionar estadísticas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) que indican que se producen todos los años 1,3 millón de muertes en rutas y caminos de todo el planeta, y que entre 20 y 50 millones padecen traumatismos no mortales, Menna indicó que en la Argentina “más de 5.000 personas mueren anualmente como consecuencia de los siniestros viales”, y para ello graficó en los fundamentos como datos provenientes de la Dirección Nacional de Observatorio Vial y de la asociación civil Luchemos por la Vida.

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