Se aprobó la ley de emergencia de servicios públicos

En uno de sus artículos busca impedir que Cammesa ejecute las deudas que las cooperativas tienen y por las cuales ya ha trabado varios embargos a cooperativas de Comodoro, Madryn, Trelew y Rawson. La Legislatura…

jueves 05/09/2019 - 15:34
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En uno de sus artículos busca impedir que Cammesa ejecute las deudas que las cooperativas tienen y por las cuales ya ha trabado varios embargos a cooperativas de Comodoro, Madryn, Trelew y Rawson.

La Legislatura de Chubut sancionó la ley que declara la emergencia en toda la provincia por un año (a partir de hoy) en la prestación de los servicios públicos esenciales de energía y agua potable.  En uno de sus artículos busca impedir que Cammesa ejecute las deudas que las cooperativas tienen y por las cuales ya ha trabado varios embargos a cooperativas de Comodoro, Madryn, Trelew y Rawson. Se trata de una ley que generó polémica. El diputado Eduardo Conde (Cambiemos) dijo que avanza sobre potestades que no son de la Legislatura, mientras que la diputada Gabriela Dufour (FpV) le respondió que, en todo caso, debía definirlo un juez.

El artículo 2 de la ley indica que durante el proceso de emergencia «deberán evitarse efectos negativos sobre el empleo y la pérdida de puestos de trabajo, respetando siempre los derechos de los trabajadores en materia laboral, obra social, como así también deberá garantizarse la plena vigencia en todo el ámbito de aplicación de los Convenios Colectivos de Trabajo previamente celebrados». Se aclara además que «este principio de protección del trabajador no se aplicará a cargos políticos».

Mientras tanto, el artículo 3 declara la «intangibilidad de fondos, recursos, bienes e insumos de las Cooperativas Prestadoras de Servicios Públicos de la Provincia del Chubut, que resulten afectados a la prestación efectiva de los Servicios Públicos Esenciales a su cargo, en virtud de los contratos de concesión delegatorios de las responsabilidades estatales correspondientes, durante el tiempo de vigencia de la presente Ley (…)».

Determina que «se suspenden las ejecuciones de sentencias, acuerdos conciliatorios, y toda intimación que condene a las Cooperativas prestadoras de Servicios Públicos de la Provincia del Chubut al pago de sumas de dinero o al cumplimiento de obligaciones que se resuelvan en dar sumas de dinero, debiendo disponerse de oficio la suspensión del proceso y la notificación a las partes a excepción de los créditos laborales».

Además, «cualquiera fuere la naturaleza del crédito, se suspenden las medidas cautelares y las medidas de ejecución, debiendo disponerse de oficio su inmediato levantamiento por el juez actuante». 

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