El fiscal Fernando Rivarola presentó este jueves la impugnación a la resolución del 9 de junio que rechazara el acuerdo de juicio abreviado propuesto por la Fiscalía, los imputados y sus defensores y que, según resalta la fiscalía contara con la «expresa anuencia de la víctima, quien dio razones para su consentimiento».
La crítica fiscal a la decisión del juez Marcelo Nieto Di Biase manifiesta que «vulnera el derecho de la víctima a ser oída y que su opinión sea considerada; contiene una falacia demagógica; se entromete en el ámbito de decisiones del titular de la acción; genera un perjuicio sin dar a las partes la posibilidad de defenderse; carece de perspectiva de género; y es discriminatoria».
«El juez se entromete en el ámbito de las decisiones de política de persecución penal y de disponibilidad de la acción pública del Ministerio Público Fiscal», sostiene el recurso y agrega que «se extralimita realizando una crítica injustificada respecto del potencial probatorio. Conjetura, sin fundamento alguno, que en el juicio oral, un testigo brindaría un testimonio más preciso y en sentido más incriminatorio que el efectuado en la Etapa Penal Preparatoria».
La Fiscalía cuestiona al juez por «desoír la libre decisión de la víctima. La joven se manifestó en la audiencia, acompañada de su terapeuta y aclarando que tomó la decisión de avanzar en el acuerdo asesorada jurídicamente por un familiar», resalta y agrega: “Vulnera el Juez el derecho constitucional de la víctima a ser oída y a que su opinión sea considerada en toda resolución que se adopte a su respecto”
También indica que carece de perspectiva de género y omite los derechos de la víctima al indicar que «Solo en el contexto de un juicio abreviado se produce el reconocimiento de autoría por parte de los imputados. Ellos reconocen ante el juez que los hechos sucedieron como los relata la Fiscalía, que son responsables de haberlos cometido y que están dispuestos a ser sancionado. Estos extremos muy probablemente no llegarían a consolidarse en un juicio oral.
En este caso en particular, se ha puesto de manifiesto como muy pocas veces, la importancia que reviste el reconocimiento de culpabilidad para la recuperación de la joven. Así lo manifestó la psicóloga, que atiende a la víctima desde el año 2015, quien enfatizó en la audiencia ante el juez reproduciendo frases literales de su paciente que indicaban que ese reconocimiento le permitía SANAR», enfatiza el recurso.