El diputado nacional chubutense Gustavo Menna presentó este miércoles un proyecto en el Congreso para pedir que Nación incorpore a la producción lanera en la rebaja de retenciones a la exportación prevista en el decreto 1.060 emitido el 30 de diciembre.
El proyecto de Resolución fue presentado junto a las legisladoras patagónicas Lorena Matzen (Río Negro) y Roxana Reyes (Santa Cruz) con las que esta misma semana fue elevado un pedido similar, pero para la pesca, también excluida del decreto.
El legislador observó que, para algunas producciones, la reducción de los derechos de exportación llevó a que los aranceles sean inexistentes. Ante la necesidad de la Argentina de contar con divisas para generar desarrollo con producción y empleo, Menna calificó de “auspicioso” el espíritu del decreto, aunque al dejar afuera a la pesca y a la lana, “Nación desconoce las urgencias de las economías regionales, en particular las de Patagonia”, argumentó.
En este marco, indicó que “si bien puede resultar comprensible que se sostenga la alícuota del 7% para el caso de la lana sucia, desde la perspectiva de un decreto que invoca considerar el valor agregado en la cadena productiva, es incongruente que para la lana lavada se mantenga una alícuota del 5% y, más grave aún, que en el caso del producto que incluye más añadido de valor, el de la lana peinada, la alícuota se incremente, pasando de un monto fijo de $ 3 a una alícuota del 4,5%, que con la cotización vigente del tipo de cambio representa un valor del orden de los $ 4”.
“Es decir, para la lana sometida a un proceso manufacturero, el decreto 1.060/2020 importa un castigo con un claro sesgo antiexportador”, remarcó.
Ante ello consideró “incomprensible” la medida, “salvo desde una mirada de profundo desconocimiento del sector y de la realidad del campo patagónico. Sobre todo porque en términos fiscales no estamos hablando de montos relevantes que tengan significancia fiscal, ya que las exportaciones del sector representan unos u$s 140 millones”.
El Diputado instó “al Poder Ejecutivo a reconsiderar la cuestión, disponiendo la supresión o, en su caso, la rebaja, de la alícuota de la lana lavada, como así también dejar sin efecto el incremento de las retenciones a la lana peinada, respeto de la cual se solicita asimismo la eliminación o, eventualmente, la rebaja”.