Quienes tengan síntomas de Covid quedarán exceptuados de ir a votar

La medida, orientada especialmente a los contagiados y a los contactos estrechos, fue adoptada por la Cámara Nacional Electoral. Las personas aisladas por haberse contagiado de coronavirus, los contactos estrechos y aquellas que tengan síntomas…

lunes 09/08/2021 - 12:10
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La medida, orientada especialmente a los contagiados y a los contactos estrechos, fue adoptada por la Cámara Nacional Electoral.

Las personas aisladas por haberse contagiado de coronavirus, los contactos estrechos y aquellas que tengan síntomas compatibles con la enfermedad quedarán exceptuadas de votar en las elecciones legislativas de este año y en las Primarias, según una disposición de la Cámara Nacional Electoral asentada en el artículo 11 de la acordada 83, publica Infobae.

No obstante, la norma -emitida la semana pasada con el voto de Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Vía- estableció que los jueces electorales de los distintos distritos deberán garantizarle la posibilidad de ejercer sus voto a los ciudadanos que están comprendidos dentro de las justificaciones e igualmente pretendan participar de los comicios.

En el punto 11 de la norma la CNE dispone específicamente que en caso de que el ciudadano “exija” el ejercicio del derecho al voto, la Justicia deberá establecer el modo y un procedimiento adecuado que evite contagios y preserve la salud de las personas involucradas en el acto eleccionario.

Este punto puede llegar a generar controversias. Aunque no será la primera vez que se movilice una urna para que una persona pueda votar, en este caso el juez puede llegar a definir que se trasladen todas las autoridades de mesa a las casas de quienes estén aislados y deseen sufragar, lo que implica una logística de difícil cumplimiento. En el caso de aquellas personas que estén exceptuadas de votar y decidan no hacerlo, deberán realizar un trámite para justificarlo en la página web de la Cámara Electoral. En ese portal, también estarán las causales específicas de justificación de no emisión del voto -comprendidas dentro de las previsiones del artículo 12 del Código Electoral Nacional-.

Para el caso de que una persona que se presente a votar tenga síntomas compatibles con la enfermedad “o que por cualquiera otra circunstancia conformare un caso sospechoso de COVID-19 en los términos de lo previsto por las normativas sanitarias vigentes”, la acordada establece que será informado de que se encuentra justificada su no emisión del voto y que debe retirarse a cumplir aislamiento preventivo.

Un punto no menor es que, según los datos que hoy tiene el Estado nacional, un buen porcentaje de los que presentan síntomas o tienen COVID-19 son jóvenes. Más de 6,5 millones de personas que irán a las urnas en estas elecciones tienen entre 16 y 24 años. En total, representan alrededor de un 20% del padrón y es el segmento más buscado hoy por los partidos políticos.

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