Quiénes pueden acceder al Programa de Acompañamiento Social en 2024: requisitos y obligaciones

El Ministerio de Capital Humano hizo oficial toda la información sobre este nuevo programa.

miércoles 10/04/2024 - 9:06
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El Programa de Acompañamiento Social, implementado en Argentina en 2024, representa un paso significativo en la lucha contra la exclusión y la vulnerabilidad social. Este programa tiene como objetivo fundamental promover la inclusión social y mejorar las condiciones de vida de los hogares más vulnerables, poniendo especial énfasis en fortalecer el núcleo familiar y la comunidad.

Objetivos y participantes

El programa está orientado a:

  • Promover la inclusión social: mejorar las condiciones de vida de los hogares en situación de indigencia y pobreza.
  • Acceso a una red de protección social: para hogares en situación de extrema vulnerabilidad social.
  • Fortalecimiento de políticas sociales integrales: consolidar los derechos sociales y el ejercicio pleno de la ciudadanía.

Quiénes pueden acceder al programa “Acompañamiento Social”

Del universo total de beneficiarios vigentes, al momento del dictado del acto que aprueba el presente Anexo, en el entonces PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO”, corresponde considerar incluidos en el PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL, por su mayor grado de exclusión y vulnerabilidad social, a las siguientes personas:

  • Mujeres y hombres de CINCUENTA (50) años y más en condiciones de vulnerabilidad.
  • Mujeres con CUATRO (4) hijos o más menores de DIECIOCHO (18) años.
  • Titulares pertenecientes a las entonces Unidades de Gestión dependientes del Poder Ejecutivo Nacional que se encuentren vinculados a situaciones especiales.

Líneas de acción programáticas

El Programa de Acompañamiento Social se estructura en torno a varias líneas de acción:

  • Fortalecimiento familiar: incluye la elaboración de un plan familiar y la realización de talleres para desarrollar capacidades básicas para el desarrollo humano.
  • Fortalecimiento de la unidad productiva familiar: brinda asistencia técnica y apoyo financiero para proyectos productivos.
  • Preparación para el retiro: orientación y apoyo en los trámites jubilatorios.
  • Seguridad alimentaria: promoción de acceso a alimentos seguros y nutritivos para hogares en extrema vulnerabilidad.

Prestaciones y condiciones

Los beneficiarios recibirán una asignación dineraria mensual de $78.000, compatible con otros ingresos familiares. Para acceder a estas prestaciones, será necesario cumplir con ciertas condiciones, como la presentación de documentación relacionada con controles de salud, vacunación, regularidad escolar de los niños y niñas a cargo, y otros controles establecidos por la Autoridad de Aplicación.

Compatibilidades e incompatibilidades

El Programa de Acompañamiento Social establece una serie de criterios para determinar qué situaciones son compatibles e incompatibles con la recepción de los beneficios del programa. Estos criterios son fundamentales para garantizar que el apoyo llegue a quienes más lo necesitan.

Compatibilidades

Los beneficiarios del programa pueden recibir simultáneamente la asignación dineraria junto con:

  • Asignación Universal por Hijo: beneficio destinado a familias con hijos.
  • Asignación Universal por Embarazo para Protección Social: asistencia para mujeres embarazadas.
  • Prestaciones económicas o materiales de naturaleza habitacional y/o protección familiar: ayudas otorgadas por diferentes niveles gubernamentales.
  • Prestaciones de carácter alimentario: soporte en alimentación y nutrición.
  • Trabajadores independientes inscriptos en Monotributo Social o categorías A y B, y Trabajadores independientes promovidos: fomento al trabajo autónomo de baja renta.
  • Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares: reconocimiento de trabajadores domésticos.
  • Trabajadores bajo modalidades de trabajo temporario o permanente discontinuo: incluye empleados en agricultura y otros sectores con trabajo estacional.
  • Trabajadores contratados en virtud del Decreto N° 551/22.
  • Empleo formal registrado con remuneración inferior a un Salario Mínimo, Vital y Móvil: apoyo a trabajadores con ingresos bajos.

Incompatibilidades

La asignación dineraria del programa es incompatible en los siguientes casos:

  • Ser prófugo de la justicia: exclusión por evasión de la ley.
  • Titularidad de establecimientos comerciales o explotaciones agrícolas: enfocado en personas sin empresas o negocios propios.
  • Recepción de subsidios o prestaciones para empleo y/o capacitación de cualquier entidad gubernamental: evita la duplicidad de beneficios económicos.
  • Titularidad de más de un bien inmueble.
  • Propiedad de vehículos, embarcaciones o aeronaves de menos de 10 años.
  • Recepción de pensiones o prestaciones del sistema de seguridad social, incluyendo jubilaciones, pensiones a la vejez o por invalidez, y subsidios por desempleo.
  • Mayores de 65 años en condiciones de tramitar o recibir beneficios del Sistema de Seguridad Social: excepto por un período de gracia de un año después de cumplir la edad.
  • Realización de prestaciones sociales o de empleo en el estado o ONGs que suplanten la actividad laboral propia de esos entes.
  • Viajes al exterior incompatibles con la situación de vulnerabilidad.
  • Gastos con tarjetas de crédito/débito o billeteras virtuales que superen el Salario Mínimo, Vital y Móvil.
  • Inscripción en Monotributo en la categoría “C” o superiores, o en el régimen de autónomos.
  • Acceso al mercado de cambios para la obtención de divisas con fines de ahorro.
  • Situación económica y patrimonial no vulnerable.

Vigencia y autoridad de aplicación

El programa tiene una vigencia de 24 meses, sujeta a disponibilidad presupuestaria. La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Capital Humano es la autoridad responsable de su aplicación.

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