Cambio en la restricción por DNI: terminación par sale los días pares y terminación impar, los días impares

No se habilitará ninguna actividad que haya permanecido prohibida con anterioridad y se suma el cierre de toda disciplina deportiva habilitada hasta hoy, como también actividades religiosas, según lo consensuado entre el Gobierno Provincial y…

miércoles 30/09/2020 - 21:03
Compartí esta noticia

No se habilitará ninguna actividad que haya permanecido prohibida con anterioridad y se suma el cierre de toda disciplina deportiva habilitada hasta hoy, como también actividades religiosas, según lo consensuado entre el Gobierno Provincial y Municipio.

El decreto N°908 establece las medidas preventivas que tendrán vigencia los próximos 14 días, hasta el 15 de octubre. Las medidas rigen para Comodoro, Rada Tilly, Sarmiento, Puerto Madryn y Gaiman.

La circulación estará habilitada desde las 7 horas y hasta las 21, de lunes a sábado. Lo que significa que continúan los domingos “de fase 1”.

Mientras, seguirá rigiendo la circulación por DNI, pero con modificaciones. Los que tengan terminación par, podrán salir los días pares (2, 4, 6 y 8 de octubre, por ejemplo), y los impares los días impares (1, 3, 5, 7 de octubre y continuando).

El decreto establece también excepciones para personal que desarrolle tareas esenciales, como también para quienes circulen por motivos de urgencia justificada.

GASTRONÓMICOS

Los comercios del rubro gastronómico vuelven a sufrir el cierre de los locales, teniendo prohibida nuevamente la atención al público. Podrán brindar servicio delivery y take away de lunes a sábados con limitación horaria máxima de las 21hs para take away y 23hs para delivery.

Por lo dicho, vuelven a cerrar sus puertas bares, cervecerías, cafeterías y restaurantes.

ACTIVIDADES DEPORTIVAS

Todas las actividades anteriormente habilitadas vuelven a estar prohibidas, según establece el decreto. “Quedan transitoriamente prohibidas la totalidad de las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas, que se desarrollen en espacios cerrados, y las que se desarrollen al aire libre pero impliquen reunión de personas”.

Sólo se podrán realizar actividades al aire libre de manera individual  respetando los horarios y la terminación del DNI.  Se estipula como única excepción  los padres que realizan la actividad con sus hijos menores de edad.

SALIDAS RECREATIVAS

Se decidió no volver atrás con este punto, por lo que se podrá continuar con las salidas de esparcimiento individuales o en acompañamiento de menores. Pero no se podrá permanecer en espacios recreativos de ninguna índole aunque sean al aire libre, donde existan juegos o asientos que favorezcan el agrupamiento social, ni a instalaciones deportivas, es decir, playones o canchitas de fútbol.

Compartí esta noticia