La senadora radical Silvia Elías de Pérez presentó en el Senado un proyecto de ley para que los candidatos a vicepresidente de la Nación también estén obligados a participar de un debate previo a las elecciones generales.
El próximo 13 y 20 de octubre se llevarán a cabo dos debates entre los candidatos presidenciales, en el marco del debut de la Ley 27.337, donde la posibilidad de discusión entre los postulantes a vicepresidentes sólo es optativa si existiera “voluntad” entre las partes.
Para la senadora tucumana, es “importante dar un paso más y establecer también la obligatoriedad de los compañeros de fórmula, quienes además ocupan el primer lugar en la sucesión presidencial y, en muchos casos, quedan a cargo de los destinos del país por períodos cortos de tiempo, en los que el presidente debe viajar, tomar licencia, etcétera”.
“No es menos importante que la sociedad pueda conocer las ideas y propuestas de los candidatos a vicepresidentes. Quien resulte electo estará al frente de uno de los tres poderes del Estado y su rol no debe seguir siendo soslayado. El solo hecho de reconocer su potencial función de poder llegar a ser presidente, obliga a que se exijan las mismas condiciones a los candidatos a este cargo que las que se requieren para la Presidencia”, agregó en los fundamentos de su iniciativa.
“La riqueza de un debate obligatorio es que todos los candidatos gozan exactamente de las mismas condiciones y pone a todos en pie de igualdad. Sólo así se puede dar un intercambio franco de cara a la ciudadanía”, explicó Elías de Pérez.
Según publicó El Parlamentario, el proyecto establece las mismas penas para el candidato a vicepresidente que decida no presentarse al debate obligatorio que las que ley vigente fija para el postulante a presidente que no quiera participar. “La no concurrencia a un debate también implicará la pérdida de la publicidad audiovisual”, señaló.
También, la legisladora propuso que el debate de los candidatos a vicepresidente se deberá realizar en una localidad distinta a las dos seleccionadas para los debates de los postulantes a presidente.
El texto modifica el artículo 64 undecies del Código Nacional Electoral, de manera que quede redactado: “La Cámara Nacional Electoral dispondrá mecanismos similares a los establecidos en los artículos anteriores para la realización de un debate electoral entre los candidatos a vicepresidentes de las diversas fórmulas presidenciales, el que deberá llevarse a cabo en una localidad distinta a la determinada para el debate de candidatos a presidente”.