Procesan a sindicalistas por impedir la distribución de combustibles

Verónica Rosales, Gerardo Coronado y Armando Vargas habían sido sobreseídos por la jueza Eva Parcio. Pero la Cámara de Apelaciones revocó esa decisión al considerar que lideraron una manifestación que en septiembre de 2019 interrumpió…

lunes 12/04/2021 - 1:06
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Verónica Rosales, Gerardo Coronado y Armando Vargas habían sido sobreseídos por la jueza Eva Parcio. Pero la Cámara de Apelaciones revocó esa decisión al considerar que lideraron una manifestación que en septiembre de 2019 interrumpió el trabajo en la Playa de Tanques de Km. 3 en Comodoro.

La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia procesó a tres dirigentes de la Asociación Trabajadores del Estado por bloquear el ingreso a la Playa de Tanques de YPF en esa ciudad. Se trata de Verónica Rosales, actual titular de la Seccional; Gerardo Coronado, su adjunto, y el dirigente Armando Vargas. Les imputan entorpecimiento del transporte terrestre por una movilización entre las 7.05 y las 9.45 del 16 de setiembre de 2019 sobre calle Ignacio Warnes casi Batería Independencia, consigna Jornada.

Los camaristas Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez revocaron así un fallo de la jueza Eva Parcio, que había sobreseído al trío. Hebe Corchuelo también votó por desvincularlos.

La apelación fue del Ministerio Público Fiscal, que repasó las actas de lo sucedido esa mañana, archivos fotográfico y fílmicos, y testimonios de personal policial.

“Se acreditó la modalidad del grupo de manifestantes a la hora de impedir el ingreso y egreso a la Playa de Tanques como así también para individualizar a Rosales, Coronado y Vargas”.

“ESCASO TIEMPO”

Estos datos fueron suficientes para indagarlos aunque Parcio luego los sobreseyó por el “escaso tiempo” que duró el corte, y porque no hubo violencia ni daños materiales. Para Fiscalía, seguir este criterio de la magistrada implicaría desproteger los servicios públicos.

La causa se inició a pedido del MPF el mismo día del incidente tras un llamado de la Comisaría de General Mosconi: por reclamos salariales a Provincia, un grupo de ATE impedía la normal circulación durante el ingreso y egreso de personal y vehículos a la Playa de Tanques en Km. 3.

Quemaban cubiertas sobre el camino. Eran entre 40 y 50 personas. Había docentes y auxiliares de la educación. La mayoría estaba en medio de la calle de ingreso de la Terminal. Se calentaban con tambores con fuego y la protesta fue pacífica.

Horacio Muñoz, supervisor de la empresa G4S, que presta servicios para YPF, hizo la denuncia. Constan al menos 14 fotos del corte. Y filmaciones de los manifestantes con chalecos de ATE, pasacalles, pancartas, banderas y redoblantes.

Fiscalía consideró que además del tránsito de personas, entorpecieron el ingreso y egreso de camiones cisternas de carga y distribución de combustible de la terminal de despacho, perjudicando el abastecimiento de combustible.

DEFINICIÓN

De acuerdo al fallo de la Cámara, hay delito cuando se impide, estorba o entorpece el funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicaciones, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas. La ley apunta a proteger estos servicios.

El delito “es toda acción que paraliza, desorganiza o retarda el tráfico o la prestación”. No importa cuánto dure el corte ni que sea intermitente, parcial o limitado.

“El reproche penal no depende del tono pacífico de la movilización, de la duración de la interrupción o de que la molestia producida haya sido intrascendente. Basta con una molestia que entorpezca la circulación para que sea una conducta prohibida”.

TRÍO RESPONSABLE

La Cámara consideró que el episodio se probó y que aunque el corte haya durado 3 horas –como había evaluado Parcio- no es argumento para que el trío de ATE no sea responsable. “La presencia de Coronado, Rosales y Vargas en el lugar de los hechos fue registrada desde el inicio, participando activamente e interactuando con los medios locales, realizando declaraciones acerca de las motivaciones de la medida de fuerza”.

De acuerdo a la sentencia que firmaron los camaristas comodorenses, los imputados “obstaculizaron la circulación vehicular exponiendo su voluntad de hacerlo, con una extensión temporal suficiente y según los testigos, tuvieron un rol protagónico en el corte y fueron reconocidos como quienes lideraban a los manifestantes”. De no mediar más recursos, habrá juicio oral y público.

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