La Cámara baja aprobó por 207 votos a favor el proyecto de recuperación de YPF que ya tenía media sanción del Senado. La iniciativa, que contó con un consenso récord, abarca la expropiación del 51 por ciento de las acciones de YPF y declara «de utilidad pública» y como «objetivo prioritario» el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos, así como su explotación, industrialización, transporte y comercialización.
La norma faculta además al Estado a tomar medidas en ese sentido, a fin de «garantizar el desarrollo económico con equidad social, la creación de empleo, el incremento de la competitividad de los diversos sectores económicos y el crecimiento equitativo y sustentable de las provincias y regiones».
Los puntos principales de la ley son los siguientes: La política hidrocarburífera apuntará a: la promoción del empleo; la conversión de los recursos hidrocarburíferos en reservas comprobadas; la explotación y restitución de reservas; la integración del capital en alianzas estratégicas para explorar y explotar hidrocarburos convencionales y no convencionales; y la maximización de inversiones y recursos con miras al autoabastecimiento.
Son también objetivos: la incorporación de nuevas tecnologías; la promoción de hidrocarburos con alto valor agregado; la protección de los intereses de los consumidores relacionados con el precio, calidad y disponibilidad de los derivados de los hidrocarburos; y la obtención de saldos exportables.
La ley crea el Consejo Federal de Hidrocarburos, integrado por la Nación (a través de los ministerios de Economía y Finanzas Públicas, Planificación Federal, Trabajo e Industria) y las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cumplimiento de la Ley
Ese Consejo garantizará el cumplimiento de la ley y elaborará el Plan Nacional Estratégico para la Soberanía Hidrocarburífera de la República Argentina.
Se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el 51% del patrimonio de YPF S.A., representado por igual porcentaje de las acciones clase D de dicha empresa pertenecientes a Repsol YPF S.A., sus controlantes o controladas (hoy con 57,43% del capital).
La expropiación también comprende al 51 por ciento de las acciones que Repsol posee en YPF Gas, la principal firma de comercialización y fraccionamiento de gas en garrafas.
El proceso se regirá por la Ley de Expropiación, nº 21.499, y la tasación la efectuará el Tribunal de Tasaciones de la Nación. Las acciones expropiadas se distribuirán en un 51% para el Estado nacional y el 49% restante entre las provincias integrantes de la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos (OFEPHI).
La distribución de acciones entre las provincias que acepten su transferencia se realizará en forma equitativa, teniendo en cuenta sus respectivos niveles de producción de hidrocarburos y de reservas comprobadas.
Se prohíbe la transferencia futura de las acciones expropiadas sin la autorización del Congreso de la Nación, votada por las dos terceras partes de sus miembros.
La iniciativa establece que YPF S.A. continuará operando como una sociedad anónima abierta, a la cual no se le aplicará la legislación o normativa administrativa de las empresas públicas.
Se permite a YPF acudir a fuentes de financiamiento internas y externas y a la concertación de asociaciones estratégicas, uniones transitorias de empresas, y todo tipo de acuerdos con otras empresas públicas, privadas o mixtas, nacionales o extranjeras.