La reciente noticia sobre la posibilidad de contraer matrimonio entre primos en Salta sacudió al país, con miles y miles de reacciones de todo tipo, especialmente en redes sociales. Este viernes, la subsecretaria del registro civil de la provincia, María Fernanda Ubiergo, salió a aclarar sus propios dichos.
Desde el Registro Civil provincial anunciaron que era legal el matrimonio entre primos de segundo grado de consanguinidad. Según explicó, el Código Civil y Comercial de la Nación (CCC) autoriza el casamiento entre los mencionados, que serían los hijos de los primos hermanos, los cuales están en la misma generación y comparten bisabuelos.
La aclaración de la subsecretaria
Ante la repercusión de sus dichos, Ubiergo tuvo que salir a aclarar el asunto. De acuerdo a lo que le declaró a CNN Radio Salta, ella no se había referido al matrimonio entre primos de segundo grado aunque comentó que “se pudieron casar siempre”.
«Según el Código Civil y Comercial de la Nación, es legal que primos de segundo grado -es decir, los hijos de primos hermanos, que comparten bisabuelos- puedan casarse». Y agregó: »La normativa vigente prescribe los vínculos biológicos y jurídicos».
De esta manera, aclaró que los vínculos que no pueden casarse son aquellos en los que hay parentesco en línea recta por consanguinidad de arriba hacia abajo. En este caso, hay límites en padres, hijos, abuelos y bisabuelos. Tampoco pueden hacerlo por afinidad los suegros, abuelos del suegro, nueras, yernos, cuñados y colateral en segundo grado los hermanos.