Podrá hacerse una declaración jurada anticipada de IVA y Ganancias

El Gobierno dispuso un régimen opcional para la presentación de aquellos que tengan vencimientos en enero. Se podrá realizar online desde el 27 de diciembre. Es oficial el aguinaldo sin Ganancias de fin de año. La Administración Federal…

miércoles 19/12/2012 - 10:00
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El Gobierno dispuso un régimen opcional para la presentación de aquellos que tengan vencimientos en enero. Se podrá realizar online desde el 27 de diciembre. Es oficial el aguinaldo sin Ganancias de fin de año.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un «régimen opcional de presentación de declaraciones juradas y pagos» para los ciudadanos con impuestos al Valor Agregado (IVA), Ganancias y Ganancia Mínima Presunta que venzan en el mes de enero.

Los usuarios podrán realizar sus declaraciones juradas y pagos de manera anticipada con su clave fiscal a través de la web de la AFIP entre el 27 de diciembre y hasta un día antes de la fecha de vencimiento establecida en su cronograma de vencimientos.

Según se informó este miércoles a través del Boletín Oficial, quienes adhieran a este régimen deberán «ingresar un pago a cuenta» por cada uno de los impuestos. Ese importe «será determinado en forma automática» por la AFIP.

Para poder adherir a este régimen existen diferentes requisitos según el impuesto que se trate. Para el IVA, los usuarios deberán tener pagos los «últimos doce períodos fiscales contados hasta el 31 de octubre». En tanto, quienes deseen cumplir sus obligaciones de Ganancias y Ganancia Mínima Presunta tendrán que tener en regla el «período fiscal inmediato anterior».

Además, no podrán adherir al pago del IVA quienes tengan «importes de sus ventas y/o prestaciones o locaciones de servicios, resulte inferior o igual a un millón de pesos«.

En los considerandos de la resolución 3414, la AFIP aclara que se tomó esta decisión para evitar inconvenientes por la feria judicial de enero.

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