PASO 2023: ¿Se puede votar con DNI digital?

La Cámara Electoral Nacional especificó cuáles son los documentos requeridos para poder emitir el sufragio el próximo domingo 13 de agosto.

viernes 04/08/2023 - 13:46
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En las elecciones próximas, los votantes habilitados definirán las coaliciones políticas y las listas de candidatos que tendrán la oportunidad de competir en las elecciones generales del 22 de octubre.

En esta ocasión se elegirá no solamente a los próximos candidatos presidente y vicepresidente para octubre, sino también a 43 representantes del Parlasur, 130 diputados y 24 senadores que conformarán el Congreso de la Nación. 

Cómo informó Infobae, el proceso electoral iniciará a las 8 de la mañana y concluirá a las 18:00 horas. Sin embargo, aquellos electores que ya estén esperando su turno antes del cierre tendrán la oportunidad de emitir su voto después de ese horario. En este sentido, surge una pregunta recurrente: ¿será posible presentarse a las urnas con el DNI digital?

Primero, es condición necesaria figurar en el padrón electoral y acreditar la identidad ante las autoridades de mesa. Según la Cámara Electoral Nacional, el DNI versión virtual que figura en la aplicación Mi Argentina no estará permitido para emitir el sufragio. Si bien este documento cuenta con los mismos datos que el DNI tarjeta, no lo reemplaza.

¿Cuáles los documentos habilitados para votar?

  • Libreta de enrolamiento/libreta cívica
  • DNI libreta verde
  • DNI libreta celeste
  • Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda “No válido para votar”.
  • DNI tarjeta

¿Se puede votar con una constancia de DNI en trámite?

No. En estas elecciones 2023, no se considera probatorio de la identidad ningún comprobante de documento en trámite.

¿Qué sucede en casos de robo o pérdida del DNI?

De acuerdo a información oficial, si perdiste o te robaron el DNI no podrás emitir su voto, ya que no tendrás el documento con el cual corresponde acreditar tu identidad ante la autoridad de mesa y los fiscales.

Allí deberá presentar la denuncia policial que da cuenta de su justificación. Una vez dentro del sitio web, deberá adjuntar número de DNI, género y distrito.

¿Qué pasa si no voto en las PASO?

El artículo 125 de “faltas electorales” del Código Nacional Electoral establece que quienes no voten en las PASO 2023 deberán justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los 60 días. En caso de no hacerlo, deberán pagar una multa que va desde los $50 a $500 para los mayores de 18 años y menores de 70 años.

Si no se paga la multa, se incorporará al Registro de Infractores al Deber Votar y no podrá hacer trámites durante un año, como obtener el pasaporte, y tampoco pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.

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