El senador Juan Mario Pais planteó a la ministra de Seguridad de la Nación, Sabina Frederic, la necesidad de restituir a sus propietarios los vehículos oportunamente retenidos en el marco del Decreto 297/20 de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, a fin de permitir el desarrollo de las actividades actualmente habilitadas en distintas provincias, como es el caso de Chubut.
En una presentación ante la cartera nacional, el legislador chubutense Juan Mario Pais requirió que se disponga “el cese de la retención de los vehículos, en los términos del artículo 4° del citado decreto, en aquellas jurisdicciones en las que se han implementado -y se implementen en el futuro- excepciones a la prohibición de circular, tales como prestación de ciertos servicios y aperturas de establecimientos comerciales e industriales” informó El Patagónico.
El objetivo del planteo del chubutense es permitir que los dueños y empleados de los establecimientos habilitados para funcionar puedan recuperar sus vehículos, en caso que hayan sido retenidos preventivamente por una eventual infracción a la prohibición de circular y poder utilizarlos para concurrir a sus lugares de trabajo.
De este modo, Pais busca que la retención preventiva del vehículo del presunto infractor no se vuelva contraproducente, pues actualmente obliga a esas personas a utilizar el transporte público de pasajeros, uno de los principales focos de trasmisión del virus.
“En ese contexto, entre otros requisitos que pueden preverse para aplicar la medida -y evitar abusos o desviaciones- debería acreditarse, por parte del titular del vehículo, que se encuentra alcanzado por alguna de las excepciones previstas en la jurisdicción donde reside”, puntualizó Pais.
“Es evidente que estamos ante una situación sin precedentes que obliga al Estado a tomar permanentemente decisiones tanto para proteger la salud de la población como para permitir y facilitar el reinicio de las actividades en aquellas jurisdicciones donde se verifica la no circulación del virus”, finalizó el legislador.