“La empresa accionó judicialmente contra el gravamen de 90 centavos cada megavatio/hora, establecido por la Ley 4845 a consumidores de energía eléctrica en el ámbito provincial. El caso llegó hasta la Suprema Corte de Justicia que declaró que la norma provincial colisiona con la Ley 23.548 de Coparticipación Federal y con el Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento, sancionado durante el Gobierno de Carlos Menem, que increíblemente sigue en vigencia hasta ahora. PAE había impulsado ante la Corte una «acción declarativa de certeza».
Como prueba de su responsabilidad social empresaria, la norma que PAE objetó con éxito creó un «Fondo Especial Para Los Usuarios Carenciados De Servicios De Energía Eléctrica», que por supuesto ahora caerá redondamente al subsuelo, por la intervención de los supremos más supremos del país, lo que ya es mucho decir.
Entre otros argumentos, la empresa más querida del pero-kirchnerismo hasta que llegaron las mineras, sostuvo que la ley chubutense vulneraba el Artículo Noveno de la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos y también, faltaría más, el régimen de estabilidad fiscal, seguridad jurídica y de no discriminación previsto en el marco de las leyes que fijan la política hidrocarburífera nacional, el Pacto Federal de Hidrocarburos, los acuerdos fiscales y, finalmente, la Constitución Nacional.
Ahora sabemos todos -gracias supremos ministros de la Suprema Corte-, que por todo ese andamiaje legal, ningún usuario carenciado del servicio eléctrico podrá contar con una ley que impomga un gravamen a su favor. Los beneficios de la renta nacional, podríamos decir, siguen haciendo al rico más rico y eso parece ser algo justo de toda justicia.
Fuente, rawsonline.net