Qué tener en cuenta al reservar o cuando se necesita hacer un cambio en el viaje programado.
La pandemia del coronavirus trastocó el mundo de los viajes, ya lo sabemos. Y aunque en algunas regiones del mundo, el turismo parece estar reviviendo con una merma de contagios y campañas de vacunación, por estas tierras la crisis sigue dueña del sector.
La experiencia marcada a fuego por los cierre intempestivos de 2020 impuso, además, nuevas reglas y necesidades a la hora de reservar viajes. Esencialmente flexibilidad.
Así y todo, la situación epidemiológica cambiante y las restricciones que van y vienen siguen trayendo complicaciones a quienes tienen pasajes aéreos y otros servicios turísticos ya comprados.
La flexibilidad de las políticas comerciales sigue siendo esencial Foto Shutterstock.
Esto se vivió, en parte, la semana pasada cuando un nuevo decreto del presidente Alberto Fernández impuso 9 días de confinamiento estricto, poniendo en pausa varias actividades, entre ellas el turismo.
Si bien es cierto que tras un año de pandemia no se trataba de un fin de semana con reservas masivas, las había y hubo que recalcular.
La pandemia y sus complicaciones estarán presentes quién sabe hasta cuándo y estas situaciones seguramente volverán a repetirse. Por eso, hablamos con la abogada Marcela Kunca Magagnin, al frente de Reclamos Aéreos, un equipo de profesionales especializados en este tipo de cuestiones.
Aquí ofrece una serie de pautas a tener en cuenta en estos tiempos inciertos.
1. Estado del vuelo
Chequear regularmente el “status” del vuelo contratado, ante el dinamismo de las normas vigentes.
A raíz del contexto actual, los vuelos se van reprogramando o cancelando intempestivamente; esto modifica sustancialmente el abordaje de la cuestión.
Ante la necesidad de un cambio o cancelación, no esperar. Foto Shutterstock
2. Gestiones
Intentar gestionar directamente con la empresa en forma administrativa, si no se obtienen resultados, consultar con un profesional.
3. “No dejarse estar”
Los reclamos tienen un tiempo para ser planteados, y hacerlo a tiempo facilita una la resolución efectiva.
Los tickets aéreos tienen una vigencia de un año desde su emisión para realizar gestiones administrativas como cambios y reprogramaciones.
Una vez vencido el plazo, se acotan las posibilidades de gestionar y sólo queda la opción de solicitar el reembolso o continuar el reclamo judicialmente.
Protocolos en Aeroparque. Foto Luciano Thieberger.
4. Cancelación por la aerolínea
La empresa deberá ofrecer alternativas al pasajero para cumplir con la prestación y servicio contratado o bien el reembolso del dinero, a elección del pasajero.
5. Cancelación por restricciones impuestas por las autoridades
El pasajero podrá exigir opciones de cumplimiento y/o reembolso.
6. Cancelación por decisión del pasajero
El pasajero deberá atenerse a las condiciones de emisión del ticket.
El cambio estará regulado por las condiciones de ese contrato de transporte en particular, tanto en cuanto a si admite o no cambio de fecha, y si en su caso corresponde o no abonarse penalidades, multas o diferencias tarifarias.
7. Requisitos de ingreso
Ante un cambio de requisitos de ingreso a un destino por parte de las autoridades locales de los países receptivos (a modo de ejemplo: pasaporte de la comunidad europea, certificado de vacunación de COVID19 de vacunas sólo homologadas en la UE, etc.), y en tanto el vuelo este operativo, el no cumplimiento de esos requisitos por el pasajero, no es reclamable a la línea aérea.
En ese caso, habrá que ceñirse a la política de flexibilidad del ticket contratado, o a la política comercial que establezca la aerolínea para estos casos.
Ante un cierre de fronteras no se puede exigir vuelo de repatriación. Foto Shutterstock
8. Compras futuras
Para futuras compras de pasajes y/o servicios turísticos, en estos momentos, desde Reclamos Aéreos sugerimos, adquirir tickets/servicios cuyas tarifas permitan reprogramación sin penalidades.
9. Repatriación
Las normas establecen que los pasajeros que viajan en este contexto asumen que ante un eventual cierre de fronteras o suspensión de vuelos, no pueden exigir vuelos de repatriación.
Al mismo tiempo, los gastos excedentes que se generen con motivo de la prolongación de la estadía en el lugar de destino, corren por su cuenta y cargo.
Fuente: clarín