La Justicia dispuso el decomiso de 160.000 dólares y 1.217.000 marcos alemanes retenidos a Armando Gostanian, el ex titular de la Casa de la Moneda que fue condenado en primera instancia.
El Tribunal Oral Federal Cuatro (TOF 4) resolvió “efectivizar” el decomiso de dólares y marcos alemanes retenidos al ex titular de Sociedad del Estado Casa de la Moneda (SECM), Armando Gostanian, cuyo juicio por peculado fue suspendido por razones de salud mental.
Se trata de 160.104 dólares y 1.217.876,80 marcos alemanes (unos 608.000 euros) que, de acuerdo a las pruebas, habría percibido como “retornos” por la compra a una empresa alemana de insumos para la sociedad del estado a cuyo frente estuvo Gostanian durante los dos mandatos presidenciales de Carlos Menem (1989-1999).
En octubre de 2015 el TOF 4 concluyó que esas divisas, que aparecieron en cuentas de Gostanian luego de abonado el valor de las compras, fueron depositadas por la Atlantic Zeizer (AZ). El titular de la Casa de la Moneda recibió el 30% de seis operaciones para la adquisición de maquinaria entre 1996 y 1999.
“La maniobra desplegada por los imputados resulta clara: la SECM por intermedio de su Directorio, abonaba a AZ un precio significativamente mayor al real y los detraía, así, de las arcas del Estado, para que luego la empresa alemana retornar ese sobreprecio”, repasó él TOF 4 en su resolución.
Gostanian fue condenado a cinco años de prisión efectiva. El TOF 4 dispuso también su inmediato arresto una vez que la sentencia quede firme. Sin embargo eso nunca sucedió, ya que en agosto de 2017 se declaró su “incapacidad mental” y se suspendió el proceso en su contra.
Por su lado, el vicepresidente de la Casa de la Moneda, Juan Carlos Kalfaian, el gerente Rubén Chorbadjian y el empresario Jorge Molina (representante de AZ en la Argentina) recibieron penas de entre tres y dos años de prisión en suspenso.
Más allá de que la condena nunca quedó firme, el fiscal que intervino en el juicio oral, Diego Luciani, solicitó que se “efectivizara” el decomiso del dinero hallado en cuentas de Gostanian, al entender que quedó probado que ese dinero es el resultado de un delito.
“Respecto de delitos de corrupción, puede considerarse que el decomiso cumple una función reparatoria del daño social causado, por lo que resulta importante otorgarle un sentido de restauración de la justicia y restablecimiento del equilibrio perdido, destinado a recuperar para la comunidad los activos obtenidos”, consideró el TOF 4, en un fallo conocido este viernes.
“Más allá de la responsabilidad penal que pudiera caberle a Gostanian, lo cierto es que quedó demostrado que las sumas dinerarias por las que se dispuso el decomiso a su respecto, se corresponden con los efectos o provecho del delito”, indicó el tribunal oral.
Los camaristas Néstor Costabel, Daniel Obligado y María López Iñiguez concluyeron que para “ejecutar” los bienes decomisados “no resulta impedimento alguno que la condena dispuesta respecto de Gostanian no haya podido adquirir firmeza en virtud de su incapacidad sobreviviente”.
El ex funcionario menemista “se benefició gratuitamente por los hechos por los que fueran condenados los demás imputados”, en sentencia en la que “se determinó el origen ilícito de las sumas por las que se dispuso el decomiso”, agregaron.
“Además -acotaron- la efectivización del decomiso va en línea con los parámetros internacionales de recuperación de activos en materia de corrupción que forman parte de nuestro ordenamiento legal por la incorporación de la (Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, Ley 26.097”.