La Corte falló que a los magistrados nombrados desde 2017 se les descontará el impuesto. En un fallo unánime que no avanza sobre la cuestión de fondo, la Corte Suprema revocó una medida cautelar que eximía de pagar el Impuesto a las Ganancias a los jueces nombrados desde 2017 que habían hecho carrera en Tribunales. Sólo empezarán a pagar unas 300 personas.
Después de un ampuloso anuncio, la Corte Suprema dejó en pie la aplicación de la ley que establece que todos los jueces y juezas nombrados a partir de 2017 deben pagar el Impuesto a las Ganancias, sin importar si llegaron al cargo desde afuera o desde adentro del Poder Judicial. El fallo revoca una medida cautelar que eximía del pago del tributo a quienes ya tenían una carrera en tribunales, no así a quienes venían de afuera. El fallo fue unánime y no avanza sobre la discusión de fondo acerca de la interpretación de la norma, que había sido promovida por el gobierno de Mauricio Macri, sino que simplemente señala que la Cámara en lo Contencioso Administrativo no había dado fundamentos para dejar en veremos una norma del Congreso. En ninguna línea los jueces supremos dan opinión acerca del privilegio que se remonta a los años 90, que exime a quienes integran el Poder Judicial de pagar Ganancias.
En lo inmediato, la decisión de la Corte no provoca un cambio de gran envergadura, porque sólo pagarán Ganancias quienes tuvieron designaciones o ascensos recientes, en los últimos casi dos años. En el Ministerio de Justicia calculaban anoche que entre jueces, fiscales y defensores nacionales, serán algo más de 110 los que comiencen a tributar; en las justicias provinciales se sumarían 200 más. Hasta ahora eran una docena de jueces, y un puñado de otros cargos. En algunos despachos del alto tribunal vislumbran, en una proyección optimista, que para dentro de cinco años habrá existido un recambio de jueces superior al 50 por ciento y los nuevos pagarán el impuesto. De ese modo, con la ley actual, el cambio sería a largo plazo y no habría discusión sobre la “intangibilidad” de los salarios judiciales. La intención es, desde tribunales, desalentar cualquier otro proyecto de ley (como los hay, en la UCR) que pueda propiciar esa discusión compleja, constitucional, extendiendo el pago del impuesto a todo el Poder Judicial y el Ministerio Público.
El fallo suma un punto para el Gobierno, que propició aquella ley que abordó un tema irritante para la corporación judicial y que venía a desarmar una pequeña porción de un privilegio vigente, lo que lo hace taquillero, aunque de momento el peso sea poco tangible. A la vez, causó disgusto en la Asociación de Magistrados, impulsora del planteo sobre los alcances de la norma. La entidad, sin embargo, no había puesto en discusión la constitucionalidad, aunque los votos de Carlos Rosenkrantz y Elena Highton aclaran que tienen la puerta abierta para seguir haciendo planteos. Lo que había pedido era determinar los alcances de la norma. La asociación expresó “consternación y profunda preocupación” por el fallo “pues amenaza consolidar una situación de desigualdad y de retrogradación en las retribuciones”. Precisamente, la cuestión de la “desigualdad” podría ser otro planteo a futuro. Mientras tanto, la cuestión de fondo sobre la interpretación de la ley sigue en veremos.
Toda la discusión judicial hasta ahora giró en torno a la interpretación del artículo 5 de la Ley 27.346 que modificó la ley de Ganancias e incorporó el gravamen para funcionarios, empleados y magistrados cuando su “nombramiento” hubiera ocurrido desde 2017 inclusive. La AMJA dijo que “nombramiento” equivale al momento de ingreso al Poder Judicial. Con ese criterio, la ley debería regir solo para quienes ingresan desde afuera a partir de ese momento. Los que ya tienen una carrera judicial, seguirían exentos. El juez Esteban Furnari, en primera instancia, hizo lugar al pedido de medida cautelar para que no se aplique la ley por el perjuicio que podía llegar a causar a futuro. Según su criterio, los únicos que debían pagar eran quienes ingresaran desde afuera de la Justicia a partir de 2017. La Cámara mantuvo la cautelar solo para los representados por la AMJA, lo que anuncia otra discusión a futuro.
La Corte simplemente revocó la medida cautelar que eximía de pagar a todos los designados desde 2017. No hizo una declaración de fondo ni de principios sobre el tema. Suponen que es un punto de equilibrio, por más que la corporación mantenga su vieja batalla.