El responsable del grupo los “dragones”, Raúl Murgas, se notificó este domingo por la tarde de las causas que pesan en su contra, en el marco de los destrozos causados en el yacimiento Cerro Dragón por parte de alrededor de 400 obreros. La conducta de los manifestantes se encuadra en el artículo 194 del Código Penal de la Nación, que penaliza con prisión de tres meses a dos años al que entorpeciere el funcionamiento de servicios públicos esenciales.
La jueza federal de Comodoro Rivadavia, Eva Parcio, dispuso el viernes una orden para que el Ministerio de Seguridad de la Nación disponga los medios necesarios para que el personal operativo de la compañía pueda ingresar y retomar el control de Cerro Dragón y restablecer la operación.
Cabe recordar que, más allá de que los “dragones” manifestaron que no había afectación de gas por no haber tomado la planta compresora de “El Zorro”, sin producción de los pozos extractivos de petróleo y gas, el flujo gasífero descendía más allá de los niveles críticos.
Desde esa perspectiva, la jueza Parcio encuadró los hechos bajo el artículo 194 del Código Penal de la Nación. Este establece penas de tres meses a dos años de prisión para “el que, sin crear una situación de peligro común, impidiera, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua, o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas”.