Se realizó la audiencia obligatoria de control de la prisión preventiva de Nelson Aguilante. Desde Fiscalía se requirió que se mantenga la medida de coerción hasta que la sentencia condenatoria quede firme, en oposición a la propuesta del defensor del imputado que pretendía prisión domiciliaria para su pupilo.
Por el hecho ocurrido el pasado 26 de enero de 2017 en el barrio Próspero Palazzo se concretó ayer por la mañana la audiencia obligatoria de control de la prisión preventiva a Nelson Aguilante. La funcionaria de fiscalía solicitó se mantenga la prisión preventiva del imputado hasta que la sentencia condenatoria quede firme. Por su parte el defensor requirió el arresto domiciliario de su pupilo. Finalmente los jueces penales resolvieron mantener la prisión preventiva que cumple Aguilante hasta que se fije nueva audiencia, dentro de seis meses, o que se expida el Superior Tribunal de Justicia provincial, lo que ocurra primero.
Cabe señalar que la audiencia fue presidida por Gladys Olavarría y Miguel Caviglia, jueces penales; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Natalia Gómez, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de Aguilante fue ejercida por Esteban Mantecón, defensor público.
En un primer momento la funcionaria de fiscalía recordó que Aguilante fue condenado en primera instancia a la pena de cadena perpetua. Luego se produce la confirmación de dicha condena por parte de la Cámara Penal local, estableciéndose así el doble conforme. Luego el defensor impugnó dicha resolución ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia y a su vez la causa fue elevada a esa instancia judicial en consulta, por el monto de pena que supera los 10 años de prisión. Teniendo en cuenta la condena de primera instancia, con el doble conforme, la funcionaria solicitó al tribunal se mantenga la prisión preventiva de Aguilante en base al carácter de la condena, y por la existencia del peligro de fuga, hasta que se resuelva la queja y la consulta, o bien hasta que quede firme la sentencia condenatoria en su contra.
Por su parte, el defensor aseguró que el pasado 14 de agosto presentó un recurso de queja ante el Superior Tribunal de Justicia por denegación de recurso extraordinario. “El único argumento que tiene la acusadora pública para pedir el mantenimiento de la medida de coerción sobre su defendido es el doble conforme”, aseguró el defensor; “pero lo cierto es que no se ha probado el peligro de fuga”. Todavía existe la presunción de inocencia ya que no se ha declarado culpable en forme definitiva a Aguilante. Mencionando que la Corte Interamericana se opone al encierro preventivo, ya que el mismo se traduce en un adelantamiento de pena. Por todo lo cual solicitó el arresto domiciliario de Aguilante hasta que se expida el Superior Tribunal de Justicia.
Finalmente, los jueces penales resolvieron mantener la medida de coerción sobre el imputado ante el trámite de la causa, que se encuentra en consulta y queja, conjuntamente, a resolver ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia que ha fijado audiencia para el 30 del presente mes. La condena más grave del Código Penal establecida para el caso, prisión perpetua, y el doble conforme que 6 jueces se expidieron sobre la autoría de Aguilante en el mismo. Se acrecienta el peligro de fuga ya que son varios los estamentos que confirmaron la sentencia de primera instancia, por lo cual mantuvieron la prisión preventiva sobre Aguilante hasta que se fije nueva audiencia en seis meses, o bien se expida el Superior Tribunal de Justicia, lo que suceda primero.