Le dictaron la prisión al policía acusado de violar a su hijastra y la gente se movilizó indignada

Orlando Nahuelmir, quien fue imputado por abusar sexualmente de su hijastra de 15 años -quien resultó embarazada y fue sometida a un aborto terapéutico autorizado por la Justicia- quedó detenido con prisión preventiva hasta la…

sábado 21/08/2010 - 10:01
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Orlando Nahuelmir, quien fue imputado por abusar sexualmente de su hijastra de 15 años -quien resultó embarazada y fue sometida a un aborto terapéutico autorizado por la Justicia- quedó detenido con prisión preventiva hasta la realización del juicio oral.

La decisión se adoptó en la audiencia preliminar que se realizó ayer. No obstante la Defensa Pública cuestionó la acusación y en virtud de ello se hizo lugar a la nulidad “por falta de claridad respecto del lugar y modo en el que se cometió el delito”. Tanto la parte querellante, como la Fiscalía, tienen 15 días para reformular la acusación y volver a presentarla.

El policía Orlando Nahuelmir quedó detenido con prisión preventiva al término de la audiencia preliminar que se llevó a cabo ayer en su contra en una de las salas de la Oficina Judicial de Comodoro Rivadavia. Se trata del hombre que fue imputado tras la denuncia realizada por su ex pareja y en la cual se lo sindicó como el abusador de su hijastra de 15 años.

La adolescente quedó embarazada y su caso tomó estado público a principios de este año, a partir de que se le solicitara a la Justicia la autorización para someterla a un aborto no punible, el cual finalmente se practicó cuando la víctima se encontraba en la semana 18 de gestación.

IMPUTADO EN LIBERTAD

El padrastro fue imputado en la causa pero no perdió la libertad durante todo el proceso, a pesar de que la madre de la víctima insistiera con la aplicación de la prisión preventiva.

Así, en condición de libre Nahuelmir llegó a la audiencia preliminar que se realizó ayer -etapa en la que las partes ofrecen las pruebas que se llevarán a juicio- y luego de que el Ministerio Público Fiscal y la parte querellante, hiciera en tiempo y forma la acusación correspondiente.

La audiencia fue presidida por la juez penal Raquel Tasello; la Fiscalía estuvo representada por la fiscal general, Liliana Ferrari; la abogada, Sandra Grilli, representó a la parte querellante y el imputado fue asistido por el defensor público Marcelo Cerdá y el abogado adjunto, Esteban Mantecón.

En ese contexto, desde la defensa se cuestionó la acusación por falta de claridad y precisión, lo cual afecta el ejercicio de defensa en juicio.

Al respecto es válido destacar que el artículo 291, en su inciso 2, le advierte a la parte acusadora que la pieza acusatoria debe contener “la relación clara, precisa y circunstanciada del hecho punible que atribuye al imputado; en caso de contener varios hechos punibles independientes, la separación y el detalle de cada uno de ellos”, algo que en este caso fue por demás confuso, sobre todo el ofrecido por la parte querellante.

CUARTO INTERMEDIO

Ante ese planteo, la magistrada pasó a un cuarto intermedio para resolver al respecto y una vez reanudada la audiencia se hizo lugar a la nulidad de la acusación que fue esgrimida por la defensa. En tal sentido se advirtió que a la Fiscalía le faltó claridad respecto del lugar y modo del delito. Además, no están claramente separados y detallados todos los puntos, en concurso real, que componen la imputación.

En tanto que el acusador privado describió en abundancia aspectos secundarios, omitiéndose la claridad y precisión sobre las circunstancias de lugar, modo y tiempo del delito.

De todas formas la juez Tasello -en virtud de lo impuesto en el 6º párrafo del artículo 295 del Código Procesal Penal-, le otorgó un plazo de 15 días a la Fiscalía y a la querella para corregir la acusación, la cual deberá ser presentada el 6 de setiembre para que la defensa pueda conocerla y reunir las pruebas que, en una nueva audiencia preliminar, deberán ofrecerse.

A todo esto, luego de decretarse la nulidad de la acusación, la Fiscalía solicitó la prisión preventiva de Nahuelmir a raíz de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento, lo cual se fundó con la denuncia presentada por amenazas recibida por la víctima en forma telefónica.

En consecuencia la juez natural de la causa hizo lugar a la medida de coerción solicitada por la parte acusadora hasta la realización del juicio oral, por lo cual Nahuelmir fue trasladado desde la Oficina Judicial hasta su lugar de detención.

Fuente: El Patagónico

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