A través de una resolución firmada en la mañana de este miércoles en Rawson, el juez federal con competencia electoral, Hugo Sastre, determinó que el frente electoral Chubut al Frente no puede ir adherido en la boleta que lleva la fórmula presidencial del Frente de Todos con Alberto Fernández y Cristina Kirchner, debido a que esto está expresamente prohibido por el decreto 259/19, firmado por el Presidente Mauricio Macri.
De acuerdo a lo resuelto por Sastre, Chubut al Frente tendrá 48 horas para modificar este modelo de boleta presentado por los apoderados en base a la autorización otorgada por el responsable del Frente de Todos a nivel nacional, Jorge Landau, que llevaba pegado el cuerpo de los candidatos nacionales con su color y número de lista diferente.
Por lo tanto, el dato desde lo político es que las boletas de Chubut al Frente serán “cortas”, es decir, sin fórmula presidencial y encabezadas en las PASO por las dos listas de diputados de Máximo Pérez Catán y Alfredo Béliz –según publica ADN Sur-.
Con esta decisión de la justicia, la única boleta que en Chubut tendrá la fórmula Fernández-Fernández, será la que lleva como primer candidato a diputado nacional a Santiago Igón, es decir, la que integran el PJ y el partido Cultura, Educación y Trabajo.
La medida en la que se basó el juez Sastre había sido publicada en abril por el Gobierno Nacional, y prohíbe las listas colectoras y las candidaturas múltiples para las elecciones presidenciales del próximo 27 de octubre, por considerar que «genera confusión en el electorado». El decreto lleva el número 259/19 y fundamenta que las listas colectoras provocan además «inequidad entre los competidores» y «conspira contra la emisión de un voto informado y afecta seriamente la calidad del proceso electoral como un mecanismo eficaz de rendición de cuentas y de elección entre alternativas de Gobierno».