La “casa del horror”: el caso de maltrato infantil que abre el debate sobre una reforma del Código Penal

Un padre y su pareja que golpeaban a sus hijos y los obligaban a comer excremento y vómito recibieron penas de 12 y 7 años. El juez explicó que la ausencia de la figura de maltrato infantil acortó las condenas. Cuáles son los proyectos que ingresaron al Congreso.

domingo 25/08/2024 - 12:52
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Mientras se discuten cambios en el régimen penal juvenil bajo la bandera de un reclamo por la baja en la edad de imputabilidad, el maltrato infantil permanece ausente del Código Penal argentino. No solo no existen condenas directas por ese motivo, sino que el daño físico y emocional a un nene o una nena tampoco es considerado como agravante de otros delitos.

En la última semana, el veredicto del juicio a un padre y a su pareja por torturar a sus tres hijos en Río Gallegos volvió a poner de manifiesto esa deuda en la legislación penal. David F. y Roxana V. -sus nombres completos se reservan para evitar una revictimización de los menores- recibieron una condena de 7 y 12 años de prisión, respectivamente, tras haber sido hallados culpables de “lesiones graves agravadas por amenazas, alevosía y malos tratos”. Previamente, habían llegado a juicio por “lesiones graves calificadas por ensañamiento y alevosía, amenazas y reducción a la servidumbre”.

Ambas calificaciones desnudan la ausencia de una perspectiva de niñez. El foco está puesto en las lesiones y no en la edad de las víctimas, su condición de niños o -en este caso- el vínculo parental con los imputados.

Si una mujer sufre violencia machista en la Argentina, los jueces pueden sostener fallos de acuerdo con una mirada de género. Lo mismo ocurre en casos que revelan odio a la orientación sexual. Por el contrario, si la víctima de violencia es un nene o una nena, chocan contra las limitaciones del derecho penal, con la ausencia de una figura en la cual ampararse para -por ejemplo- agravar una condena.

“En el Código Penal se incorporó la Ley de Identidad de Género y el odio a la orientación sexual. Nada, sin embargo, se hizo sobre la infancia”, menciona Joaquín Cabral, juez de “La casa del horror”, como se conoció al expediente que tuvo como víctimas a dos varones y a una nena de entre 10 y 13 años en la capital de Santa Cruz.

Según el titular de la Cámara Oral de la Primera Circunscripción Judicial de esa provincia, “se trata de un problema legislativo, no judicial”.

“Nosotros somos jueces técnicos. El maltrato infantil no tiene tipicidad penal. Hace falta legislarlo como delito independiente o, por lo menos, incorporarlo como agravante en los delitos contra las personas, contra la vida o la integridad física”.

“Yo soy papá, pero también soy juez”

El tribunal conducido por Cabral recibió críticas basadas en una disconformidad con la extensión de la pena a un padre y una madrastra que a través de golpes y torturas provocaron deformidades físicas en sus hijos, a quienes además obligaban a comer excremento o vómito, amén de los eventuales daños psicológicos y el lastre emocional que esos tres hermanitos cargarán de por vida.

“Para abultar la pena tenemos que considerar los agravantes. Si existiera el de maltrato infantil, seguramente la condena habría sido mayor”, explica Cabral. Y amplía: “El fallo está realizado a conciencia y a derecho, aunque haya gente que no lo entienda o le disguste. Yo soy papá, pero también soy juez”-publicó TN-.

A raíz de esta causa, Cabral busca impulsar un proyecto “que incorpore como figura delictiva el maltrato infantil o que sea un agravante de otros delitos”, con el propósito de que sea tratado en el Congreso de la Nación. “El caso de los tres hermanos torturados es espantoso, pero puede ser el comienzo de algo bueno”, se esperanza.

El órgano que ejerce el poder legislativo federal del país recibió numerosas propuestas para incorporar la figura de maltrato infantil en el Código Penal. Sin embargo, ninguna logró avanzar hasta ahora. El proyecto más reciente fue presentado hace dos semanas, por iniciativa de la diputada cordobesa Gabriela Brouwer de Koning, de la Unión Cívica Radical (UCR).

“Tenemos legislación especializada en género, pero no en niños, niñas y adolescentes. El proyecto de creación de la figura penal de maltrato infantil se propone contemplar desde esa lógica cualquier acción u omisión que afecte psicológica o físicamente a un niño. Acá pueden entrar los castigos físicos, las humillaciones, las amenazas. Una serie de acciones que no están tipificadas en el Código Penal”, planteó Brouwer de Koning.

Y profundizó: “En el caso de los homicidios y abusos sexuales, deben agravarse las penas cuando se trata de un hijo. El niño es vulnerable y está bajo su responsabilidad. Por eso, la pena debe ser mayor”.

El proyecto alienta la modificación del artículo 80 del Código Penal y la inclusión del “hijo afín” tanto como agravante en homicidios como en el artículo 119, referido a casos de abuso sexual. La figura del “hijo afín”, que alude a aquel niñoo adolescente que vive con la pareja o del progenitor a cargo, estáreconocida por el Código Civil y Comercial, pero no tiene hoy un correlato en el ámbito penal.

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