El Juez de Juzgado Penal Nº 1 de Las Heras, Eduardo Quelín mandó al archivo la causa iniciada por la Cámara de Comercio local, debido a que un análisis físico químico y bacteriológico del agua de red de esa ciudad solicitada por la entidad, dio como resultado final que no es apta para el consumo humano.
El Juez Penal del Juzgado Nº 1 de Las Heras, Eduardo Quelín, calificó de “atípica” la causa por la baja calidad en la potabilidad del agua de red en esa localidad, presentada oportunamente por la Cámara de Comercio y no hizo lugar a la solicitud para ser tenida como querellante de la Dra Rosa Razuri.
El 29 de agosto la Agencia OPI Santa Cruz, que elaboró este informe, publicó una nota bajo el título “Un análisis del agua potable de Las Heras, determina que no es apta para el consumo humano” donde reseñamos el trabajo llevado adelante por un laboratorio adherido al SENASA, quien por orden de la Cámara de Comercio de Las Heras, procedió a realizar un análisis bacteriológico, físico y químico del agua de red de esa ciudad, concluyendo que la misma no es apta para el consumo humano.
Susana Barrera, titular de la entidad que agrupa a los comercios de la ciudad y la Dra Rosa Razuri, realizaron una presentación formal en el Juzgado del Dr. Eduardo Quelín, a los fines de que la justicia inicie las acciones correspondientes en contra de la Secretaría de medio ambiente. A la solicitud presentada por mesa de entradas del Juzgado, le adjuntaron los estudios correspondientes y respaldatorios, que daban sustento a la denuncia.
Finalmente el Dr Quelín falló en contra de la presentación, causa que mandó al archivo por considerarla “atípica y no hizo lugar al pedido de la Dra Razuri de actuar como querellante.
Luego de recibida la denuncia, el magistrado advierte que cursó un pedido a la Municipalidad y al Dpto de medio ambiente “desprendiéndose las distintas acciones y procedimientos llevados a cabo por parte de las autoridades locales con indicación adjunta de normativa vigente aplicable en la actualidad”, señala en parte de los fundamentos el letrado, entendiendo que no existen motivos para sospechar de que se está cometiendo un ilícito, atendiendo que ciertas variables responden a los procesos de urbanismo y crecimiento poblacional, rechazando de plano las objeciones presentadas, y sin hacer ningún tipo de alusión al resultado de los análisis físico-químico que se hicieron a través de un laboratorio homologado, el Juez Quelín mandó la causa al archivo y la desechó.