Diputados del Chubut avanzarán en la adecuación de la legislación provincial al nuevo paradigma que promueve una mejor calidad de vida a las personas con discapacidad, según se acordó en la sesión ordinaria realizada este último martes en Rawson.
Tal conciliación se plasmará en el análisis de un proyecto de ley, presentado por el bloque de diputados de la Unión Cívica Radical, por el cual se beneficiará con una jubilación especial a un integrante de cada familia con un hijo discapacitado, en el ámbito de la seguridad pública provincial.
Actualmente la ley XVIII – N° 32 se refiere al mismo tema pero determina que para que un trabajador público con hijo con discapacidad pueda acceder a la jubilación, después de alcanzar un cómputo de 25 años, tiene que estar solo.
Acuerdo
Se trata de una iniciativa “sobre una temática ya conocida por algunos legisladores, entre ellos las diputadas justicialistas Nélida Burgueño y Mariana Ripa, porque estuvieron trabajando sobre esta situación e, incluso, hemos tenido reuniones de trabajo con el diputado Miguel Montoya”, explicó el diputado Carlos Lorenzo, al presentar la propuesta y revelar que “acordamos presentar el proyecto y avanzar en su debate”.
Lorenzo mencionó la existencia de “trabas” para el tratamiento de este tema en virtud de que, “obviamente, quien se opone –dijo- al avance de un proyecto de esta naturaleza es la propia seguridad social de la provincia”, atribuyendo esa actitud a “un criterio que tiene que ver más con administrar que con resolver las cuestiones de fondo”.
Diferencias
“Hay que comenzar a debatir este tema porque esta misma situación se daba en la legislación nacional y en ese ámbito ya se resolvió con una modificación permitiendo que uno de los dos integrantes del matrimonio pueda acceder a una jubilación especial para atender, después de determinadas condiciones, a un hijo con discapacidad”, agregó.
“En la Provincia eso está determinado en la ley XVIII – 32 pero con una particularidad. Todo trabajador con hijo con discapacidad puede acceder a la jubilación, después de tener un cómputo de 25 años, pero con esa particularidad: tiene que estar solo”.
“La comparación de esta situación con una familia normal es absolutamente discriminatoria hacia la persona que hay que promover, es decir la persona con discapacidad”, sostuvo.
Razones
El diputado Lorenzo señaló que “la Nación modificó la legislación porque la Argentina ha suscripto el convenio sobre los derechos de las personas con discapacidad. Se vio obligada a modificarla, ya que estaba establecido solamente para el padre o la madre solos”, añadió.
Recordó al respecto los preceptos establecidos a nivel internacional acerca de considerar a “la familia como la unidad colectiva natural y fundamental de la sociedad y con derecho a recibir protección del Estado” y subrayar que “las personas con discapacidad y sus familiares deben recibir la protección y la asistencia necesarias para que las familias puedan contribuir a que las personas con discapacidad gocen de sus derechos plenamente y en igualdad de condiciones”.
“Por eso los Estados partes se comprometen a adoptar medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la Convención”, indicó Lorenzo.
Nuevo paradigma
“La Convención resuelve un nuevo paradigma al plantear al seno familiar como la mejor opción de calidad de vida para las personas con discapacidad”, prosiguió.
“La Argentina ha resuelto corregir la situación, a través de una ley superior, con su adhesión a esta convención. Lo que estamos planteando entonces es que acá simplemente se elimine la condición de ser padre o madre solos, por ser discriminatorio para la persona con discapacidad”, expresó.
“Le hemos incorporado a esta modificación –al igual que en la legislación nacional- que para el caso de que tanto el padre como la madre sean trabajadores afiliados al ISSyS solo podrá optar uno de ellos”, subrayó.