El día de ayer se llevó adelante la audiencia de control de detención contra Jorge David Nieves, quien fue atrapado el martes por la mañana en la zona de Radio Estación robando cobre propiedad de YPF, junto a su hijo menor de edad.
La audiencia fue presidida por Mariano Nicosia, juez penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Leila Rita, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de Nieves fue ejercida por Juan Bill, abogado adjunto de la Defensa Pública.
La funcionaria se refirió brevemente al hecho a investigar ocurrido el pasado 4 de enero, aproximadamente a las 8:30 horas, cuando Jorge David Nieves junto a su hijo menor de edad, concurrió a un sector rural, propiedad de la empresa YPF y mediante la utilización de una pinza, rompió el cerco perimetral y sustrajo dos rollos de cobre, dándose a la fuga dirigiéndose al barrio Radio Estación. La maniobra fue observada por personal de seguridad de la empresa, quien a su vez notifica a personal policial a quienes indica el lugar por donde fueron vistos. Al acercarse personal policial a Nieves y su hijo para ser identificados, quienes al percatarse de la presencia de personal policial procedieron al descarte de los rollos. Policía divisa a pocos metros los elementos mal habidos. Solicitando se califique provisoriamente el mismo como “robo agravado por ser cometido con la participación de un menor, en grado de tentativa”. La fiscal a cargo de la investigación es Cecilia Codina, requiriendo el plazo de seis meses para concluir con la investigación.
En cuanto a las circunstancias de la detención la funcionaria solicitó se declare legal la misma y asimismo se dicte la prisión preventiva por dos meses de Nieves en base a la existencia del peligro de fuga. Esto por los elementos de convicción suficientes para tenerlo como probable autor del hecho y que el imputado posee dos condenas y tres causas en trámite, elevados a juicio; en caso de recaer condena la misma será de cumplimiento efectivo.
Por su parte el defensor no objetó la legalidad de la detención, en flagrancia, y tampoco objetó la apertura de la investigación y el plazo. Sí cuestionó el agravante de la calificación, ya que el mayor de edad debe actuar aprovechándose de la relación con el menor para descargar en él la responsabilidad. En el presente hecho habrían actuado en conjunto, argumentó la defensa. Asimismo, objetó el pedido de prisión preventiva si bien es cierto las causas que menciona la funcionaria, respecto de las causas en trámite rige el principio de inocencia y dictar su prisión preventiva sería una pena anticipada. Por lo cual requirió su libertad y subsidiariamente presentaciones periódicas.
Finalmente en su resolución el juez se refirió a que no se ha demostrado que Nieves se haya valido del niño como instrumento para responsabilizarlo del hecho, como sostiene el defensor, pero esto no es suficiente para cuestionar la apertura de investigación del caso. Readecuando la calificación jurídica del hecho a “robo simple en grado de tentativa” y declarando legal la detención de Nieves ya que la misma se produce en flagrancia. Autorizando el plazo de investigación por 6 meses y rechazando el pedido de prisión preventiva ya que Nieves siempre se ha sometido a proceso y todo el trámite de las causas ha sido llevado con normalidad. Concluyendo que no hay necesidad de imponerle ninguna medida de coerción, por lo cual dispuso su libertad.
Fuente: diariocronica.com.ar