El acusado tendría problemas psiquiátricos y sigue libre. Anoche hubo una movilización para pedir justicia por el animal.
La crueldad con la que fue asesinado un perro en la localidad bonaerense de Villa Ballester es difícil de describir con palabras. Su dueño le extirpó los testículos, le hizo un tajo en el estómago que dejó expuestos sus órganos, le hundió el cráneo y le dejó el ojo derecho estallado. El animal murió horas después del inexplicable ataque y los vecinos se movilizaron para pedir justicia.
El llanto del dogo encendió la alarma en el barrio, alrededor de la casa ubicada en la calle 11 de Septiembre al 5.200. Hubo un primer llamado al 911 que no prosperó y para cuando se logró que un patrullero se acercara al domicilio, apenas el propietario abrió la puerta el animal salió despavorido del lugar.
“Esto ocurrió el lunes al mediodía, cuando los vecinos comenzaron a escuchar los gritos del perro. Llamaron al 911 y a la comisaría, pero les dijeron que no podían hacer nada”, dijo al portal No Ficción Fernando Pieroni, defensor de animales, quien también se ocupó de viralizar el caso en las redes. Y agregó: “A la noche, logran que vaya un patrullero después de insistir. Apenas este hombre abrió la puerta el perro salió corriendo”.
Aunque llevaron rápidamente al perro a una veterinaria del barrio porteño de Saavedra, el esfuerzo de los médicos no alcanzó para poder salvarlo de tanto daño que le habían hecho. El animal murió pocas horas después y la indignación se expandió igual de rápido que la noticia.
A pesar de que hicieron la denuncia correspondiente el asesino no quedó detenido, por lo que anoche los vecinos se manifestaron en el domicilio de esta persona para concientizar sobre la gravedad de lo ocurrido.
“Este tipo ya es conocido en el barrio porque tiene problemas psiquiátricos, vive solo y su familia no hace nada. Viendo lo que hizo está claro que debería estar internado. Tiene varios problemas, ha amenazado a la gente con cuchillos y le grita a la gente”, advirtió Pieroni.
De acuerdo a su testimonio, el acusado, de 26 años, ya tuvo internaciones en centros de salud mental pero desde hace un tiempo volvió a su casa y ahora representa un peligro para todos. “Queremos que lo internen, porque él ya estuvo internado y no sabemos por qué salió. Los vecinos están asustados”, cerró.
LEY 14346
ARTÍCULO 1. Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales
ARTÍCULO 2. Serán considerados actos de mal trato:
1. No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos;
2. Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas;
3. Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas;
4. Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado; 5.Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos;
6. Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.
ARTÍCULO 3. Serán considerados actos de crueldad:
1. Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello;
2. Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.
3. Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada;
4. Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia;
5.Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones;
6. Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato;
7. Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causándoles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por el solo espíritu de perversidad.
8. Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias en que se mate, hiera u hostilice a los animales.