Gobierno presentará un proyecto de Ley sobre Minería

El gobierno tiene previsto enviar la próxima semana un proyecto de Ley para que se comience a debatir la actividad minera en Chubut. Si bien no se dio mayores precisiones, el proyecto se presentará primero…

viernes 08/06/2012 - 8:00
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El gobierno tiene previsto enviar la próxima semana un proyecto de Ley para que se comience a debatir la actividad minera en Chubut. Si bien no se dio mayores precisiones, el proyecto se presentará primero en el gabinete y luego a los diputados para que empiece el debate. Algunos especulan que se iniciará con el mapa minero y otros más optimistas calculan que directamente se apuntará a la derogación de la Ley 5001 tal cual apareció en un medio online de la provincia de Santa Cruz.

Rawson (Corresponsal).- Ayer sólo había confusión en los diputados ya que se encontraron con un anteproyecto de Ley sobre Regulación de la Actividad Minera en Chubut que no conocían, “no sabemos nada y de ese anteproyecto no teníamos idea”, dijeron la mayoría de los legisladores consultados por este medio.

Los lineamientos de ese anteproyecto establece que la autoridad de aplicación de la presente Ley y sus disposiciones reglamentarias será el Ministerio de Hidrocarburos y Minería de la Provincia de Chubut o el organismo específico que la sustituya quien deberá elaborar el Plan de Política y Gestión Minera; dictar las normas que definan los criterios y pautas de sustentabilidad destinados a regir la actividad minera en todo el ámbito provincial; dictar las normas que fijen los procedimientos, métodos y estándares requeridos conducentes a la protección ambiental y al desarrollo social y económico según las etapas de la actividad, categorización de las actividades por grado de riesgo ambiental y caracterización eco sistemática del área de influencia.

En el capitulo III se crea la Comisión Minero Ambiental Provincial dentro del ámbito de la Autoridad de Aplicación que estará integrada por las Autoridades Mineras, Ambientales y de la Producción de la Provincia de Chubut y por representantes del municipio/s de la zona de influencia del proyecto minero.

En el anteproyecto se crea el Fondo del Patrimonio Minero de Chubut que tendrá como objetivo actuar como instrumento de desarrollo para mitigar las desigualdades sociales, de ahorro para asegurar los beneficios mediante la transferencia de recursos inter generacionales y de factor estabilizador para contrarrestar la volatilidad en el mercado de los minerales.

El Fondo será de inversión con el objetivo de maximizar la renta minera en el mediano y largo plazo. Todas las inversiones asegurarán la protección del capital con rendimientos provenientes de carteras de calidad crediticia y de bajo riesgo.

Base Social

Determina además que el estudio de la línea de Base Social/económica deberá incluir una línea de base de la salud de las poblaciones asentadas en las regiones cercanas al proyecto. Este estudio deberá determinar metodologías e indicadores que permitan a través del monitoreo prevenir impactos negativos.

El plan de acción socioeconómico deberá contar con sistemas de monitoreo del proyecto y evaluación de los impactos, que funcionen no sólo como instrumentos de control sino como herramientas de prevención de conflictos, impactos negativos y de gestión social.

Participación de Petrominera Chubut

Se establece que la participación de Petrominera Chubut Sociedad del Estado no será en ningún caso inferior al 7% del valor de las ventas y al 20% de la utilidad operativa antes de impuestos. Que Petrominera deberá elaborar y presentar el Informe Anual de Sustentabilidad que contendrá el balance económico, el balance social y el balance ambiental. Estos balances se diseñarán en base al uso de indicadores que contribuirán a una evaluación objetiva y transparente de la evolución en el desempeño económico, social y ambiental.

Fondo del Patrimonio Minero

Se creará el Fondo del Patrimonio Minero de Chubut que tendrá como objetivo actuar como instrumento de desarrollo para mitigar las desigualdades sociales, de ahorro para asegurar los beneficios mediante la transferencia de recursos inter generacionales y de factor estabilizador para contrarrestar la volatilidad en el mercado de los minerales.

El Fondo será de inversión con el objetivo de maximizar la renta minera en el mediano y largo plazo. Todas las inversiones asegurarán la protección del capital con rendimientos provenientes de carteras de calidad crediticia y de bajo riesgo.

La responsabilidad social empresaria, imprescindible en los proyectos mineros, deberá ser un requisito fundamental para el normal desarrollo de un emprendimiento minero en un ámbito amplio y abierto a la generación de alianzas entre la empresa, el Estado y la comunidad. Es así, que la ley establece la obligación por parte de las empresas mineras de elaborar un plan de acción socioeconómico diseñado de acuerdo con las pautas y criterios acordados con los representantes sociales de los distintos ámbitos del quehacer privado y de la actividad pública, nucleados en el Consejo Provincial Minero Ambiental.

Fondo de Inversión

Como instrumento de impulso para el desarrollo de la región de influencia de los proyectos mineros se dispone la creación de un Fondo de Inversión en Infraestructura, Industrial y Tecnológico. Este se integrará, entre otros, con los aportes provenientes de cada emprendimiento minero en etapa de producción y con parte de lo recaudado en concepto de derecho de compensación minera. Este Fondo tiene como objetivo el fomentar la inclusión definitiva de las poblaciones en las zonas de influencia de los proyectos mineros, conservando y creando nuevas fuentes de trabajo y de eslabonamientos productivos. El mismo funcionará como instrumento de desarrollo para mitigar las desigualdades sociales, de factor estabilizador para contrarrestar la volatilidad en el mercado de los minerales y de ahorro para asegurar los beneficios mediante la transferencia de recursos inter generacionales.

Proyecto de suspensión de exploración de minerales

El diputado del Frente para la Victoria, Javier Cisneros presentó ayer un proyecto de ley para suspender el otorgamiento de aprobaciones a las solicitudes de exploración y cateo de minerales de las categorías primeras, segundas y nucleares, en todo el territorio de la provincia.  El proyecto que es acompañado por Anselmo Montes, Juan Ale y Eduardo Daniel sostiene que se mantendrá la suspensión hasta que, producto del debate institucional sugerido por la presidente de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, se registren las condiciones legales e institucionales que garanticen que la actividad minera se realizará en un marco de seguridad ambiental, de protección de los recursos minerales estratégicos, así como del recurso hídrico y energético requerido para la misma y que, económica y socialmente supere el actual marco notoriamente desventajoso para el país y su pueblo.

En el artículo 3 al establecerse las condiciones legales e institucionales indica la eliminación de la actual duplicación de legislación en materia de evaluación de impacto ambiental definiendo un único procedimiento a través de la ley 35 con una regulación tal que establezca la obligatoriedad del cumplimiento de la realización del procedimiento de EIA, para todos los proyectos de carácter minero, en cualquiera de sus etapas exploración, cateo, prospección, explotación y beneficio o procesamiento del mineral extraído.

El dictado de normas regulatorias específicas, relativas a niveles guía de calidad de aire, aguas y suelos así como de niveles de descargas de contaminantes al ambiente. Según Cisneros las condiciones legales e institucionales comprenden la revisión en el parlamento nacional de los alcances de la Ley 24.196 en todo lo atinente a los regímenes de extensiones y promociones impositivas a la actividad minera, evitando las actuales inequidades que la norma implica y que resultan insustentables en el contexto político y económico nacional e internacional. Por último se determina la anulación del límite del 3% del valor de boca de mina, impuesto a la percepción de regalías por parte de las provincias tenedoras del recurso.

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