Gas: Freno a los cortes que produjo el tarifazo

Por resolución judicial, las distribuidoras no podrán interrumpir el servicio de gas por facturas impagas: La Justicia dictó un amparo contra los cortes de gas motivados en falta de pago de facturas con tarifazo. La…

martes 22/05/2018 - 8:37
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Por resolución judicial, las distribuidoras no podrán interrumpir el servicio de gas por facturas impagas: La Justicia dictó un amparo contra los cortes de gas motivados en falta de pago de facturas con tarifazo. La resolución es válida para todo el país y cualquier categoría de cliente. Ordenarían, además, retrotraer las tarifas a diciembre.

La Justicia le puso ayer un freno a los cortes que aplican las distribuidoras sobre el suministro de gas. El juzgado federal de Dolores, a cargo de Alejo Ramos Padilla, dio curso a la acción colectiva presentada por un grupo de ONG para suspender la interrupción de este servicio público en caso de que el cliente tenga una deuda con la empresa por no abonar las abultadas facturas de gas, que acumulan en los últimos dos años aumentos de hasta 4000 por ciento. El amparo, que encabezó Consumidores Argentinos y que validó ayer el juez Ramos Padilla, tiene alcance nacional y mantendría su vigencia hasta tanto se discuta algunas de las cuestiones de fondo, como el carácter social del servicio, la falta de regulación estatal sobre el sector o que el precio esté atado a un activo en moneda extranjera. El escrito exhorta además al Ejecutivo, Ministerio de Energía y Enargas que “en el término de cinco días, produzcan el informe relativo al posible interés público (cuestión de fondo) comprometido por la solicitud de la medida cautelar”.

En el ínterin se aguarda por una segunda parte del fallo del juez federal. “Se habrá de dictar una medida cautelar interina –distinta a la peticionada– que considero indispensable a los fines de garantizar elementales situaciones vinculadas al acceso a este servicio público y –de este modo– proteger a los sectores más vulnerables que se pudieron haber visto afectados por el posible actuar ilegítimo del Estado”, señaló el magistrado. Según supo  de fuentes allegadas al expediente, el próximo fallo de Padilla responderá al pedido de las ONGs de retrotraer las tarifas a fines del año pasado.

Si se computa el ajuste aplicado a comienzos de abril, el aumento acumulado de los últimos dos años en el precio del metro cúbico de gas llegará hasta el 4000 por ciento. Ese porcentaje podría recaer sobre un cuarto de los hogares, que en el invierno de 2015 abonaron un valor promocional por haber ahorrado un 20 por ciento en su consumo y en la actualidad terminarían pagando la tarifa plena. La tarifa no sólo contempla el cargo variable que da cuenta del consumo de los metros cúbicos de gas sino también el cargo fijo y los impuestos. Para contener el efecto sobre el bolsillo de estos ajustes, en el Congreso se debate un proyecto de la oposición para frenar los tarifazos y establecer un esquema de aumentos que castigue menos a los sectores más vulnerables. De todos modos, el Gobierno a través de sus distintos interlocutores adelantó que vetaría cualquier iniciativa.

Pero, mientras en el Congreso se debaten alternativas a los tarifazos, las boletas siguen llegando y a los que no las pueden pagar las distribuidoras les cortan el servicio. El plan de pagos oficial no evita que se acumulen las deudas. Desde la asociación de defensa al consumidor habían realizado una presentación colectiva para que se declare la inconstitucionalidad y la nulidad de los aumentos de gas, la suspensión de la aplicación del nuevo cuadro tarifario y que se ordene al Ministerio de Energía que convoque a audiencia para fijar el valor del gas en Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), que incluye precio en boca de pozo más el traslado hasta  el sistema de transporte. En la Audiencia Pública celebrada los días 16 al 18 de septiembre de 2016 y 10 de marzo de 2017 se discutió ese valor, de acuerdo con los registros de la cartera de Energía, pero no se debatió para el cuadro de este año.

El juez federal Ramos Padilla hizo lugar al pedido de suspensión de los cortes, como paso previo a la nulidad de los aumentos, bajo el argumento de que se trata de un derecho que el Estado debe garantizar a “los sectores más vulnerables”, en especial en esta época del año de bajas temperaturas. En tanto, una vez cumplidos los plazos legales de comunicación y respuesta de las partes se aguarda por la segunda otra sentencia, la cual podría determinar retrotraer las tarifas a diciembre del año pasado, bajo el argumento de que no se realizó la audiencia pública. “Esto depende de cómo se hagan los traslados, lo cual puede coincidir con el fondo de la cuestión que se discute en el Congreso”, aclaró una fuente a este diario. Los excesivos aumentos que, según señala el juez Ramos Padilla, violan “ciertos derechos como la accesibilidad a los servicios públicos elementales que deben ser garantizados”. Sobre este punto, la discusión ramifica en la desregulación del precio en boca de pozo, dolarizado y atado a vaivenes internacionales, el control republicano sobre tarifas y cuestionamientos a las audiencias públicas.

Guido Lorenzino, defensor del pueblo bonaerense, consideró que la decisión “va en línea con lo que le reclamamos a todas las firmas que prestan el servicio en la Provincia”. “Se trata de una decisión que tiene en cuenta la situación de vulnerabilidad de las familias, sobre todo las que menos tienen, jaqueadas por estas subas irrazonables”, manifestó Lorenzino. El secretario de Servicios Públicos de esa Defensoría, Jorge Ruesga, agregó que “existen aumentos carentes de razonabilidad que se implementaron de manera poco progresiva”. Tal como hizo en otras cautelares en contra de otras medidas de ajuste, se descuenta que el Gobierno contestará esta apelación. Pero eso no debería tener impacto en el efecto suspensivo sobre los cortes de gas por facturas impagas.

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