Hoy se realizó la audiencia de imposición de pena por el femicidio de Valeria Vivar. Luego de deliberar, el tribunal Colegiado, integrado por los jueces penales Mariano Nicosia, Miguel Caviglia y Jorge Odorisio, resolvió por unanimidad condenar a Héctor Rubén Gallardo a la pena de prisión perpetua, por haber sido declarado autor penalmente responsable del delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por mediar violencia de género.
La abogada defensora de Hèctor Gallardo, calificó a la pena de perpetua como “cruel, inhumana y degradante” y solicitó se revise en 20 años; no cuestionando la medida de coerción.
Por su parte la fiscal Cecilia Codina argumentó en su alegato que la semana pasada Gallardo fue declarado penalmente responsable como autor del delito de “homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haber sido cometido por un hombre y contra una mujer, mediando violencia de género”, por lo cual la pena única prevista es la de prisión perpetua. Y agregó que “no es una pena que dure de por vida, tendrá salidas transitorias, libertad condicional y un horizonte de internación”.
La fiscal expresó en la sala que “no es una pena inhumana ni degradante ya que la prisión perpetua no es absoluta, ni vitalicia”, pero la abogada defensora Viviana Barillari aseguró que agotará las instancias de impugnación ordinarias y extraordinarias del caso. Cuestionando el agravante de la violencia de género. Tenemos que realizar una “interpretación uniforme del Derecho” y “la prisión perpetua no cumple con los fines resocializadores de la persona”, argumentó la defensa.
Citando el Estatuto de Roma que sanciona delitos graves y aberrantes como de lesa humanidad, genocidio y participación en plan sistemático de extermino, la regla es que la pena que se aplique sea de 30 años de prisión y excepcionalmente la prisión perpetua debe revisarse en 25 años.