El club catalán le habría abonado 1,4 millones de euros a DASNIL 95, sin embargo, zafaría de la condena en España.
El caso del FC Barcelona salpica al mundo del fútbol. Según trascendió, los culés le habrían abonado 1,4 millones de euros a DASNIL 95, una empresa propiedad del excolegiado José María Enríquez Negreira, quien también fuera árbitro del deporte en España, entre 1977-1992, es decir, 15 temporadas.
Cuando Negreira colgó el silbato, pasó a dirigir el Colegio Catalán de Árbitros y luego fue la mano derecha de Victoriano Sánchez Arminio como vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA) hasta mayo de 2018. Arminio fue relegado de su cargo al frente del CTA tras posicionarse contra Luis Rubiales -presidente de la Real Federación Española de Fútbol) en las elecciones de 2018 y en favor de Juan Luis Larrea, que actualmente ejerce funciones junto a Rubiales.
Mientras Negreira ejercía este cargo institucional, también cobraba del FC Barcelona durante, al menos, tres años (2016, 2017 y 2018) unos 1.392.680 euros, repartidos en tres temporadas, aseguraron fuentes españolas.
El exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros Negreira le ha asegurado a la Cadena SER que nunca «hubo trato de favor al conjunto azulgrana» y que esas retribuciones se debían a un trabajo de asesoría, que consistía en explicar a los jugadores cómo se debían comportar durante los encuentros con los referees.
Asimismo, Diario Marca presentó, esta mañana (16/2), artículos legales establecidos en la nueva ‘Ley del Deporte’, aprobada por el Congreso el pasado 22 de diciembre en el país europeo y que recoge en su artículo 112 que «las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses».
¿Qué quiere decir esto? Que no habría sanción para el Barça porque el caso ya habría prescrito.
Por consiguiente, los pagos del club catalán a Negreira quedarían catalogados como «infracción muy grave», amparándose en el artículo 104.1 de la nueva ley del deporte: «Las actuaciones dirigidas a predeterminar, mediante precio, intimidación o simples acuerdos, el resultado de una prueba o competición, afecte o no al resultado, y, en general, las actuaciones que supongan un intento de alterar el normal desarrollo de una competición o actividad deportiva».
Sin embargo, el artículo 112, titulado «Prescripción de infracciones y sanciones», eximiría a la institución de Cataluña de todo tipo de sanción:
Las sanciones impuestas por infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por infracciones graves a los dos años y las impuestas por infracciones leves al año, se lee en la Ley del Deporte
Los pagos del Barcelona a Negreira culminaron en 2018, coincidiendo con el cese de actividad del ex juez como vicepresidente del CTA (Comité Técnico Arbitral). Hace cuatro años y medio ya del último pago, por lo que el delito ya habría prescrito y el Barça se estaría exento de multas, aportó Marca.
Barcelona zafaría de la sanción amparándose en el artículo 112 de la Ley del Deporte española. (Foto: Cortesía Diario Marca).
El propio medio destaca que la Federación de Fútbol (RFEF) no intervendrá salvo que así lo solicite la Justicia Ordinaria. Sobre el FC Barcelona tan solo existe una sospecha de mala praxis y no está siendo investigado por la Fiscalía, añade el periódico.
Se llegó a mencionar la chance de un posible descenso de categoría del FC Barcelona, como viene tipificado en el artículo 108.1, pero por ahora, nada de ello está sobre la mesa.
En ese sentido, existen la posibilidad de que al Barsa le caigan castigos económicos.
Además, los blaugranas alzaron cinco títulos esa etapa: tres Copa del Rey y dos Ligas.
La estadística que compromete al Barcelona
En el periodo 2016-2018, fecha en la que se habrían efectuado los pagos a José María Enríquez Negreira, el club catalán no sufrió ningún penal pitado en su contra.
Estuvo 76 fechas de la Primera División de España sin recibir penales en contra, lo cual se traduce en duelos a dos Ligas completas.
El último penal que había sido cobrado en contra del Barcelona en 2016, fue en un duelo jugado el 14 de febrero de ese mismo año entre los azulgranas y Celta de Vigo, cuyo marcador finalizó con un 6-1 a favor del equipo culé.
Comunicado de la RFEF
«Ante el conjunto de informaciones conocidas en el día de ayer, la RFEF considera imprescindible poner en conocimiento de los medios y del público en general lo siguiente»:
1.- Tras las elecciones a la Presidencia de la RFEF a finales de mayo de 2018, con la llegada del actual equipo de gobierno, se renovó la cúpula del CTA, cesando a los anteriores directivos entre los que se encontraba el Sr. Enríquez Negreira.
2.- La RFEF exige, además de la declaración de no conflictos de intereses a todos los miembros de diversos órganos y empleados, una declaración ampliada firmada por todos los miembros de los comités disciplinarios y de designación arbitral en la que se obliga a detallar cualquier ingreso, al margen de lo percibido en la RFEF, que pudiera estar relacionado con el fútbol a los efectos de poder evaluar y verificar la efectiva y real inexistencia de conflictos de intereses. Todos los miembros han presentado y firmado dichos documentos.
3.- El Departamento de Integridad inició ayer mismo una información reservada dirigiendo requerimientos tanto a los responsables del CTA como del FC Barcelona.
4.- La RFEF acordó ayer mismo personarse en los posibles procedimientos judiciales que se sigan sobre este asunto.
5.- En el momento en que se disponga de la información suficiente, la RFEF adoptará las medidas correspondientes dentro del marco de legalidad que debe imperar en todas estas situaciones.
El descargo del Barcelona
A raíz de los hechos de público conocimiento, el cuadro culé se ha expedido en torno al caso. En el texto se lee:
«Ante la información emitida hoy en el programa Què t’hi jugues de Ser Catalunya, el FC Barcelona, conocedor de los hechos que está investigando Fiscalía relativos a pagos efectuados a empresas externas, quiere dejar claro:
Que el FC Barcelona contrató en el pasado los servicios de un consultor técnico externo, quien suministraba, en formato vídeo, informes técnicos referidos a jugadores de categorías inferiores del Estado español para la secretaría técnica del Cl
El FC Barcelona lamenta que esta información aparezca justamente en el mejor momento deportivo de la presente temporada
Adicionalmente, la relación con el propio proveedor externo se amplió con informes técnicos relacionados con el arbitraje profesional a fin de complementar información requerida por el cuerpo técnico del primer equipo y del filial, una práctica habitual en los clubes de fútbol profesionales.
Actualmente, este tipo de servicios externalizados recae en un profesional adscrito al Área de Fútbol.
El FC Barcelona lamenta que esta información aparezca justamente en el mejor momento deportivo de la presente temporada.
El FC Barcelona emprenderá acciones legales contra quien estropee la imagen del Club con posibles insinuaciones contrarias a la reputación de la entidad que se puedan producir a raíz de estas informaciones».