El juicio contra la Argentina e YPF por la expropiación del 51% de las acciones de la compañía que se lleva adelante en Nueva York hace casi ocho años tuvo hoy una sentencia. La jueza Loretta Preska, de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, eximió de responsabilidades a YPF, pero culpó al Estado argentino, que deberá pagar indemnizaciones de entre US$3500 millones y US$17.000 millones. La Argentina tiene dos instancias más para apelar el fallo adverso, pero igualmente deberá pagar una garantía.
Los fondos Burford Capital y Eton Park, que compraron el derecho a litigar contra la Argentina e YPF a accionistas de la petrolera en el momento de la estatización, ganaron con sus planteos de que, en aquel momento, el gobierno de Cristina Kirchner no lanzó una oferta pública de adquisición sobre el total de las acciones, cuando expropió el 51%.
Los demandantes sostuvieron que la empresa debería haber hecho una oferta pública de adquisición (OPA) al resto de los accionistas, según los estatutos de YPF y el prospecto de oferta pública que la compañía presentó ante la Comisión de Valores de Estados Unidos (SEC, por sus siglas en inglés), en 1993. A YPF, en tanto, la acusaban de no haber obligado al Estado argentino, como nuevo accionista, de hacer cumplir su estatuto.
Los distintos abogados del Estado argentino intentaron convencer a la jueza de que el derecho de expropiación está por encima de cualquier estatuto empresarial, pero no lograron sostener la defensa. Para la petrolera, sin embargo, fue una victoria, ya que fue eximida de responsabilidades.
“La República [Argentina] prometió a los tenedores de valores que les proporcionaría una salida compensada si recuperaba el control sobre el número requerido de acciones. Los demandantes tienen derecho a una sentencia sumaria contra la República por sus reclamaciones por incumplimiento de contrato. Los demandantes han demostrado la existencia de un contrato válido y vinculante contra la República, pero no contra YPF”, dijo Preska en la sentencia.
La Argentina puede apelar el fallo, pero igualmente deberá pagar una garantía o los fondos demandantes tienen el derecho a pedir embargos.
“El Tribunal está de acuerdo en que el precio de oferta pública que la República habría estado obligada a ofrecer si la República cumpliera con los Estatutos es la medida apropiada de los daños compensatorios de los demandantes. Debido a que el Tribunal no puede identificar la fecha en la que República activó su obligación de oferta pública de adquisición, no puede determinar la fecha de notificación contractual y, por lo tanto, no puede cuantificar los daños compensatorios de los Demandantes”, dice la sentencia.
Durante el juicio, los fondos Burford y Eton presentaron un experto, Daniel Fischel, para calcular el lineamiento de la oferta pública que se le debería haber hecho al resto de los accionistas cuando se expropió el 51% de las acciones, según el estatuto de YPF. Fischel dijo que los daños que debería pagar el Estado van desde US$7000 millones hasta US$13.000 millones, sin intereses, y desde US$12.000 a US$17.000 millones, con intereses.
YPF, por su parte, mandó hace unos meses un comunicado a la Comisión Nacional de Valores (CNV) y dijo que, en caso de declararla culpable a la Argentina, la condena podría costarle al país entre US$3500 millones y US$5200 millones.
“Preska no puede decir cuánto va a salir la indemnización, porque no sabe cuándo la Argentina tomó control de las acciones; es decir, cuándo debería haber sido el lanzamiento oficial de la oferta, si cuando se expropió en 2012 o si cuando el país indemnizó a Repsol, en 2014. Pero estableció una fórmula para realizar el cálculo cuando se establezca la fecha”, explicó Sebastián Maril, director de Research for Traders, quien sigue de cerca los juicios contra la Argentina en el exterior.
En la petrolera dijeron: “Es un fallo positivo para YPF porque la jueza reconoce que la compañía no tenía responsabilidad y no es garante del Estado nacional. Con lo que sus activos están fuera de riesgo. Por otro lado, es importante destacar que no se hace lugar a todos los pedidos de los demandantes”.
El fondo inglés Burford Capital adquirió al fisco de España el derecho a demandar a la Argentina y a YPF a cambio de 15 millones de euros y un 30% de la indemnización que resulte del juicio, cuando las empresas Petersen Energía y Petersen Inversora quebraron en ese país. En ese entonces, las compañías alegaron que no pudieron hacer frente a los créditos que habían obtenido por parte de un grupo de bancos europeos. Esos préstamos habían sido utilizados en su momento para comprar el 25% de participación de YPF y se iban a devolver con las utilidades de las acciones
Las empresas habían sido constituidas en España por la familia Eskenazi, dueña también del Banco de Santa Cruz. Pese a que el expediente de juicio en Nueva York figura que los demandantes son las empresas Petersen, la familia Eskenazi dice que el grupo, con operaciones en el país, “es totalmente ajeno a la demanda”.
YPF tiene hoy una valuación de mercado de US$4480 millones, según su cotización en la Bolsa de Nueva York. Cada acción cuesta US$11,5, de las cuales el 51% está en manos del Estado argentino, tras ser expropiadas en 2012, cuando el ministro de Economía era el actual gobernador bonaerense, Axel Kicillof. Luego de conocerse el fallo, la cotización de la acción de la empresa cayó casi 5%.
En 2014, la Argentina le pagó a la petrolera española Repsol una indemnización de US$5000 millones por la estatización del 51% de las acciones.
La demanda contra YPF y la República Argentina comenzó en abril de 2015 en la Corte del Distrito Sur de Nueva York y está a cargo de la jueza Preska, heredera de los casos del fallecido Thomas Griesa. Además de Burford, también demandó al país por la misma razón el fondo Eton Park y Preska unificó ambos reclamos.
Al producirse la expropiación, las empresas Petersen entraron en quiebra en España, y acusaron que no podían pagar sus compromisos, ya que se había derrumbado el precio de las acciones y el nuevo accionista mayoritaria, la Argentina, había prohibido el reparto de utilidades.
Durante los años del juicio, YPF y el Estado argentino intentaron convencer a la jueza de que el derecho de expropiación está por encima de cualquier estatuto empresarial y que el proceso, además, se debería llevar adelante en los tribunales argentinos. La jueza ya había rechazado el último pedido, luego de que tres cortes estadounidenses –incluida la Corte de Apelaciones y la Corte Suprema– opinaran en contra de dirimir el juicio en jurisdicción argentina. Ahora también falló en contra de la defensa de la expropiación.