El decreto de un nuevo sistema de contralor médico para los docentes que se firmará en mayo ya está plasmado en un borrador y para una última revisión de los sindicatos. Además, en doce artículos, se confeccionó el anexo de normas y procedimientos para las licencias de enfermedad de corta evolución y la atención de un familiar enfermo.
Corresponsal en Rawson. Desde el gremio de la ATECH se aportó al Ministerio de Educación un voluptuoso material para colaborar en los articulados que ya fueron plasmados en el borrador que entre otras cosas establece que para aquellas licencias de más de 24 horas el agente o a quién designe éste deberá indefectiblemente dentro del plazo de 48 hs presentar, en el establecimiento en el que tiene mayor carga horaria, el certificado médico particular bajo apercibimiento de tenerla por no convalidada.
Una vez reintegrado, el trabajador deberá presentar copia certificada del certificado médico particular en cada uno de los establecimientos en que trabaja, con el correspondiente formulario de licencias. El Director o responsable de la oficina deberá remitir por nota a la delegación administrativa y ésta a la delegación de reconocimientos médicos de la Región los certificados médicos particulares y de Hospitales Públicos dentro de las 24 horas de recibidos.
La Delegación Regional de Reconocimientos Médicos emitirá el certificado médico oficial por cada licencia recibida, remitiéndosela por cuaderno al director o responsable de cada establecimiento educativo u oficina, consignando en cada uno su convalidación o no.
Trámites
Se expresa en el borrador que el trabajador deberá informar a las oficinas del cual depende dentro de la primera hora reloj fijada para el inicio de su labor, al Director o al Vicedirector el motivo de su ausencia indicando si está enfermo, si debe atender a un familiar u otra situación consignando en el mismos acto, el domicilio donde se encuentra. De estar internado el trabajador quien comunique su ausencia deberá indicar su nombre y apellido, DNI y vínculo, indicando el motivo y el domicilio de internación.
El director o responsable deberá confeccionar el parte diario y comunicarlo vía correo de mail o llamado telefónico a la delegación administrativa dentro de las dos horas de comenzado el turno, el que incluirá todas las ausencias que se produzcan ese día y todas aquellos que continúen del día anterior.
Certificado médico
En el borrador se sostiene que la Dirección de Reconocimientos Médicos dispondrá de médicos a domicilio que podrán visitar al trabajador en el horario de 10 a 16 horas pudiendo solicitar el certificado médico para visarlo y volcar los datos del mismo en una planilla que incluirá los datos del docente. De no poseer el certificado el profesional certificará la enfermedad solo por 24 horas, de extenderse el período de enfermedad, el trabajador deberá solicitar el certificado a su médico tratante.