En Chubut rige el protocolo para actuar en las manifestaciones sociales

Las protestas sociales estarán controladas por las fuerzas policiales ya que el Gobierno provincial adhirió por decreto a la Ley de Seguridad Interior. La resolución establece que las protestas deben ser notificadas a Provincia para…

jueves 20/09/2018 - 9:41
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Las protestas sociales estarán controladas por las fuerzas policiales ya que el Gobierno provincial adhirió por decreto a la Ley de Seguridad Interior. La resolución establece que las protestas deben ser notificadas a Provincia para poder pautar el recorrido y la duración. Las fuerzas de seguridad podrán detener a quienes consideren sospechosos de protagonizar escándalos.

El Gobierno de Chubut adhirió por decreto a la Ley de Seguridad Interior que establece un protocolo para que las fuerzas policiales actúen durante una protesta social.

La resolución 172 fue publicada el lunes el Boletín Oficial por parte del Ministerio de Gobierno, que conduce Federico Massoni, y contiene cuatro capítulos que definen las características de las manifestaciones; el procedimiento mediante el cual se deberá actuar en el operativo y por otro lado la determinación de las responsabilidades de quienes lo lideren.

Así, en el capítulo cinco se fija que durante el accionar de las fuerzas se realicen grabaciones de audio y video y se fotografié los hechos para aportar el material a la Justicia.

También quedó pautado qué tipo de armas podrán utilizar las fuerzas de seguridad en las protestas y bajo qué circunstancias se podrá detener a los manifestantes que se encuentren cometiendo algún tipo de delito, además de separar a aquellos grupos violentos que pudieran filtrarse en el marco de un reclamo pacífico.

“Las protestas públicas son un modo de expresar derechos que se encuentran protegidos por nuestra Carta Magna, que en su amparo constitucional avala el derecho a peticionar ante las autoridades, el de libertad de expresión, el derecho de reunión, el derecho de huelga, los que a su vez suponen, que quienes no participan de una manifestación pública, no vean afectados su derecho de transitar libremente, su derecho legítimo a trabajar y a ejercer toda industria lícita, a comerciar, a educarse y demás derechos amparados constitucionalmente», fundamenta la resolución.

Asimismo, en la resolución se diferencian las manifestaciones programadas de aquellas espontáneas. En las primeras se tendrá que poner en conocimiento al Ministerio de Gobierno para determinar el recorrido y la duración. Mientras que en las protestas no programadas será «trabajo» de las fuerzas federales «garantizar la libre circulación de las personas y bienes».

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