La operación es con único desembolso, que se encuentra condicionado al nivel de liquidez del Banco Nación, y la amortización se efectuará en 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, siendo la primera de ellas el quinto día hábil de enero de 2013 y, a partir de allí, el quinto día hábil de cada mes.
No obstante, el gobierno nacional podrá cancelar en forma anticipada el financiamiento, en forma total o parcial, y los intereses se calcularán sobre la base de los días efectivamente transcurridos y la cantidad exacta de días que tiene cada año.
Los intereses se pagarán en cuotas mensuales y consecutivas, comenzando el quinto día hábil del segundo mes seguido al desembolso y, a partir de allí, los pagos serán el quinto día hábil de cada mes, sobre los montos efectivamente desembolsados.
Cuando comiencen a pagarse las cuotas de capital, los intereses se pagarán junto con éstas.
Para el cálculo de la tasa vigente para cada período de intereses, deberá tomarse la tasa nominal anual informada mediante la encuesta diaria a bancos públicos para plazos fijos en pesos de 30 a 35 días, de montos mayores o iguales a un millón de pesos (Tasa Badlar), publicada por el Banco Central (BCRA) el quinto día hábil anterior al comienzo de cada uno de dichos períodos, más un margen (“spread”) de 100 puntos básicos.
En caso que el BCRA discontinúe la publicación de la Tasa Badlar se empleará la que la reemplace o, en su caso, una que elegirá el Banco Nación de entre las tasas que publique el Banco Central con un rendimiento similar.