El límite de los impuestos a las exportaciones será de 33%, por lo que el Gobierno pretende poder subir las retenciones hasta ese tope, en caso de que se agrave la crisis económica. Además, se prevé que la suba del impuesto pueda realizarse “hasta el 31 de diciembre de 2020”.
El ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, fue el encargado de redactarlo y ahora deberá ser tratado por cada una de las cámaras del Congreso de la Nación, para luego ser aprobado.
El texto del proyecto de Presupuesto 2019, redactado por el Poder Ejecutivo y presentado en el Congreso para su tratamiento, dice lo siguiente: «Establécese que, en el marco de las facultades acordadas al Poder Ejecutivo Nacional mediante los Artículos 755 y concordantes de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones, se podrán fijar derechos de exportación cuya alícuota no podrá superar el 33%, del valor imponible o del precio oficial FOB”.
Como consecuencia, el Gobierno espera que las exportaciones y las retenciones logren un ingreso de 440 mil millones de pesos para el Estado (un 172,6% más que los 161.390 millones esperados para este año). Es decir, pasarían de representar un 1,2% del PBI al doble: 2,4.
La última modificación de las retenciones: El 4 de septiembre pasado el Gobierno emitió el decreto 793/18, que habilita hasta el 31 de diciembre de 2020 un esquema de derechos de exportación móviles para todas las mercaderías argentinas.
El esquema decretado que comprende una alícuota variable de 3 o 4 pesos por cada dólar del valor FOB (incluye valor de venta de los productos en su lugar de origen más el costo de los fletes, seguros y otros gastos necesarios para que llegue a la Aduana), según el tipo de producto. Es decir: se cobra 4 pesos por cada dólar exportado a productos primarios o de bajo agregado de valor y 3 pesos por cada dólar a los industrializados. En el caso de la soja, se aplica este esquema desde el 18% (que era hasta donde habían bajado las retenciones a ese commodity) – según pública Urgente 24-.
Además, el decreto de septiembre establece que en ningún caso la alícuota de la retención podrá superar un tope del 12% del valor FOB (algo que sólo sucedería en caso de que el tipo de cambio caiga por debajo de 32$/US$).
Para el poroto, aceite y harina de soja, se estableció una alícuota fija del 18%, a la cual se adicionará el factor variable de 4 pesos por 1 dólar (que actualmente sería del 10,8%). En cuanto al biodiesel (que en la Argentina se elabora con aceite de soja), a la alícuota vigente (15%) también se le adicionará el factor móvil del 4×1.