El juez Sastre dictaminó que el pedido de desafiliación masiva del PJ es ‘ilegal’

El justicialismo no le dio posibilidad de descargo alguno a los afiliados que figuraban en una lista presentada por sus autoridades provinciales y en base a eso, quedó trunco por improcedente el pedido de acuerdo…

viernes 01/11/2019 - 11:51
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El justicialismo no le dio posibilidad de descargo alguno a los afiliados que figuraban en una lista presentada por sus autoridades provinciales y en base a eso, quedó trunco por improcedente el pedido de acuerdo a una medida judicial, según confirmó esta mañana la prosecretaria electoral, Leticia Brun.

En la oficina de Brun, han recibido una comunicación de parte de las autoridades del Partido Justicialista con respecto a la desafiliación de 141 integrantes, pero el juez lo ha analizado y ha tomado una definición: “ya tuvo en su despacho dicha presentación y resolvió no hacer lugar al pedido de desafiliación automática que hacen los representantes del partido, teniendo en cuenta que la desafiliación de su propia Carta Orgánica es la sanción más grave que le cabe a un afiliado”, consideró la funcionaria.

En ese sentido, señaló que “como en todo proceso sancionatorio, debe garantizarse siempre a quién es afectado por una sanción, las garantías de un debido proceso -en este caso electoral- donde la persona tenga la participación de ser oído y ofrecer pruebas en su caso hecha dicha argumentación, el juez rechaza dicha pretensión de hacer esa desafiliación automática”.

“Además, no debemos olvidar que la desafiliación por parte del juez es en principio personal o salvo como consecuencia de una sanción y deben siempre observarse las garantías de un debido proceso, que en este caso de acuerdo a la documentación que se acompañó, no se mostró”, completó Brun.

Asimismo, consideró que “el PJ, como todo partido, tiene su propio Tribunal de Disciplina que vendría a ser como un órgano judicial dentro del partido, lo que le daría la posibilidad por ejemplo de un descargo a cada uno de los afiliados, y eso no se ha mostrado en la documentación que se acompaña ni en lo que se anuncia en la presentación junto al listado”.

“Se muestra como un simple pedido en base a una norma que entiende que un afiliado no puede actuar en otro partido si no tiene una autorización previa, pero no queda acreditada de ninguna manera su participación en un debido proceso”, concluyó.

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