El impacto de la Iniciativa Popular que se trata en la Legislatura

El proyecto de ley 129.2020, impulsado por un grupo de ciudadanos, fue remitido a la Legislatura de Chubut en noviembre del 2020. Sus postulados fueron analizados y rechazados por la comisión de Desarrollo Económico y…

miércoles 05/05/2021 - 23:53
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El proyecto de ley 129.2020, impulsado por un grupo de ciudadanos, fue remitido a la Legislatura de Chubut en noviembre del 2020. Sus postulados fueron analizados y rechazados por la comisión de Desarrollo Económico y Recursos Naturales por el riesgo que implicaban hacia la actividad productiva en la provincia.

Legislatura trataría en la sesión de este jueves 6 de abril un dictamen de rechazo a la Iniciativa Popular presentada por un grupo de ciudadanos contra la minería en Chubut.

La misma fue rechazada en la comisión de Desarrollo Económico y Recursos Naturales con 5 votos en contra debido al riesgo que implicaba contra la actividad productiva en Chubut, no solo abarcando la actividad que propone la ley de Zonificación Minera.

En esta oportunidad, los diputados Carlos Eliceche, Carlos Gómez, Roddy Ingram, Mariela Williams y Sebastián López, votaron en contra el proyecto antiminero. Mientras que la legisladora de Camioneros, Tatiana Goic, se abstuvo, como tampoco emitió postura la radical Andrea Aguilera. En tanto que en contrapartida no votaron por el rechazo del proyecto, los diputados Rossana Artero y Mario Mansilla.

El proyecto de ley 129.2020 fue remitido a Legislatura el 23 de noviembre del 2020 y su fecha límite para ser tratado es el 23 de mayo de este año.

El PL129-2020, de aprobarse, tendría un efecto devastador en actividades industriales existentes en la provincia, tal como la producción de Aluminio y la extracción y procesamiento de las arenas silíceas para el Petróleo No Convencional.

Es que la Iniciativa Popular posee dos artículos (art 2° y art 3°) con los que se busca prohibir en el territorio provincial todo tipo de procesamiento de sustancias metalíferas correspondiente a la primera categoría establecida en el inciso a) del artículo 3 del Código de Minería con la utilización de cianuro, químicos y toda otra sustancia química contaminante, tóxica o peligrosa incluida en el Anexo I de la Ley de Residuos Peligrosos.

Es decir, la prohibición de todo tipo de procesamiento de sustancias metalíferas referidas en la Iniciativa Popular presentada, suspendería la producción de Aluminio en Chubut, que tiene la planta de Aluar en Puerto Madryn, una de las más importantes de Sudamérica y que emplea a cientos de personas.

En consecuencia, el proyecto de ley 129.2020 reviste el carácter de inconstitucional por vulnerar las previsiones del Código Minero, y con ello avanzar ilegítimamente sobre facultades constitucionales propias del Congreso de la Nación.

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