Con el arranque del año, el gobierno de Javier Milei dio de baja el Programa de devolución del IVA e incumplió la promesa de mantenerlo, además de haber cancelado el acuerdo Precios Justos. Sin embargo, también asestó otro golpe al bolsillo: discontinuó el reintegro del 10% en las compras realizadas en carnicerías a través de la tarjeta de débito.
Según pudo confirmar El Destape, la AFIP y Secretaría de Comercio definieron el freno al instrumento que abarataba la compra de cortes populares en carnicerías. La medida entró en vigencia el 1 de marzo y se extendió hasta el 31 de diciembre de 2023, con el beneficio de 10% de reintegro para los consumidores y un diferimiento por 90 días en el pago de obligaciones impositivas a las carnicerías que se registraron para participar del programa.
La AFIP había reglamentado esta medida para consumidores finales que realizaran compras en carnicerías con tarjeta de débito, prepagas o similares asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras o fintech. El beneficio consistía en un reintegro de 10% del monto de la operación realizada en establecimientos dedicados a la comercialización de carne vacuna, con un tope de devolución que arrancó en $ 2.000 mensuales y que se fue actualizando de forma mensual.
Estuvo vigente para las transacciones realizadas mediante terminales de pago, así como también por medio de códigos QR. Las entidades financieras debían acreditar la suma en las cuentas de los consumidores finales a los cuatro días de concretada la operación, y el detalle figuraba en el resumen de cuenta físico o electrónico de los clientes, para lo que el organismo creó un nuevo Registro de Carnicerías.
Los comercios que se encuadraban en la categoría de responsable inscripto o monotributistas con hasta tres empleados declarados fueron incorporados de manera automática al régimen de reintegro. El resto de los contribuyentes debía inscribirse a través del Sistema Registral del sitio web del organismo, de acuerdo con la normativa. La norma otorgaba a los comercios inscriptos en el régimen tres meses de gracia para el pago del IVA o del componente impositivo del monotributo en los casos en que estuvieran adheridos al régimen simplificado.