El gobierno de Alberto Fernández aprobó este lunes un protocolo con medidas para el abordaje de la violencia de género en las jurisdicciones y entidades que conforman la administración pública nacional.
«La igualdad real de derechos y oportunidades, la no discriminación, el trabajo digno y productivo, la educación, la seguridad social, el respeto por la dignidad, la privacidad, intimidad, la identidad de género y libertad de pensamiento deben asegurarse para garantizar políticas de inclusión en el mundo del trabajo», indicó la Decisión Administrativa 1012/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial y que establece el “Protocolo Marco para el Abordaje de las Violencias por Motivos de Género en el Sector Público Nacional”.
Entre los considerandos se indica que para «dar respuesta a esta realidad y en pos de la construcción de una sociedad más igualitaria, se torna necesario adoptar medidas para el abordaje de las violencias por motivos de género en las jurisdicciones y entidades que conforman la Administración Pública Nacional».
La normativa lleva las firmas del jefe de Gabinete, Juan Manzur, y de la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.
De acuerdo a lo informado, el protocolo fue elaborado por la Comisión de Igualdad de Oportunidades y de Trato y la cartera a cargo de Gómez Alcorta, y considera «hechos de violencia y acoso por motivos de género en el ámbito laboral toda conducta, acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, por cualquier medio, tanto en el ámbito público como en el privado –dentro de las relaciones laborales-, basada en una relación desigual de poder, afecte la vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así, la seguridad personal y/o carrera laboral de mujeres y LGTBI+».
«Quedan incluidas, los tipos y modalidades de violencia de género, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26.485 (de prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, promulgada en abril de 2009″ y con los alcances de la Ley N° 26.743 (de identidad de género)», concluyó el texto.
Decisión Administrativa 1012/2021:
Fuente: M1