El Gobierno ajusta los requisitos para acceder al bono de $ 10.000

El Ministerio de Trabajo aclaró qué pasa con los presos que piden cobrar la ayuda y con los menores de 25 años. La ANSeS definirá cómo paga el IFE a aquellas personas que no pudieron…

jueves 13/08/2020 - 14:24
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El Ministerio de Trabajo aclaró qué pasa con los presos que piden cobrar la ayuda y con los menores de 25 años.

La ANSeS definirá cómo paga el IFE a aquellas personas que no pudieron sacar una cuenta bancaria y no tienen CBU, publica hoy el diario Clarín.

Con una resolución de la cartera laboral, el Gobierno ajustó la operatoria y ciertos requisitos del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE). En la norma, entre otros puntos, se deja plasmado cómo se considerará a los menores de 25 que viven con sus padres y se ratifica que los presos no pueden recibir la ayuda oficial.

“Cuando el o la solicitante tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia registrado en la ANSeS sea igual al domicilio de sus padres registrado en dicho organismo, el grupo familiar se considerará compuesto por el o la solicitante y sus padres a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades establecidas en el presente”, dice la norma. Esto quiere decir que si una persona de 24 años pide el IFE pero sus padres tienen un trabajo en blanco, no podrá recibir la ayuda. Esto es porque solo se paga un IFE por grupo familiar.

Otro punto que se adicionó es que la ANSeS le pedirá a la AFIP que haga las evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales para determinar si una persona puede o no acceder al IFE.

Además, la norma aclara que “el IFE se abonará a través de una transferencia bancaria en la cuenta del solicitante, siempre y cuando fuera posible este canal. En su defecto, el pago se gestionará a través de otras modalidades que ANSeS disponga.”

Los requisitos para acceder al IFE:

Los requisitos quedaron finalmente conformados de esta manera:

* Ser ciudadano/a argentino/a nativo/a, por opción o naturalizado/a, residente en el país, o extranjero/a con residencia legal en Argentina no inferior a 2 años anteriores a la solicitud

* Tener entre 18 y 65 años de edad.

No percibir algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por:

– Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, a excepción del realizado en el marco del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

– Trabajo por cuenta propia como Monotributistas de categoría “C” o superiores y régimen de autónomos.

– Prestación por desempleo.

– Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

– Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes del PROGRESAR.

* Quedan liberados de cumplir los requisitos los titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y Asignación por Embarazo para Protección Social.

Fuera de los planes también quedan los programas de empleo y capacitación laboral administrados por el ministerio de Trabajo, salvo aquellos que dispongan beneficios o ayudas económicas que constituyan un complemento a cualquier tipo de retribución, los que sí quedan excluidos del IFE. Las mismas pautas y criterios generales se aplicarán para analizar la compatibilidad del IFE con planes sociales y programas de empleo otorgados por otras jurisdicciones.

* Las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no podrán acceder al IFE.

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