La jueza penal, Mariel Suárez, dictó su libertad con prohibición de acercamiento y contacto por cualquier vía con las víctimas.
El hecho a investigar acontece el pasado 6 de febrero del año 2022, siendo aproximadamente las 05:00 hs, la víctima, y su pareja, se encontraban en la Cervecería “La Patagónica”, lugar al cual habían concurrido junto a sus amigos a bordo del rodado marca Chevrolet, modelo Prisma Joy, propiedad de la víctima y su pareja. En dicho lugar también se encontraban Franco Ariel Almonacid, ex pareja de la víctima, junto a su pareja actual.
En tales circunstancias, se producen disturbios en el interior del local comercial por parte de los nombrados. Todo esto derivó en la intervención de personal de seguridad del lugar, que solicitó a Almonacid y sus acompañantes que se retiren del local. Momentos más tarde la víctima y su pareja se retiraron del local junto a sus amigos, todos a bordo del rodado ya mencionado. Así, tomaron la Av. Hipólito Yrigoyen en dirección Sur – Norte, para luego girar por Av. Constituyentes, y al arribar a la intersección de las avdas. Constituyentes y Chile, el conductor detuvo su marcha en el multirubro Tetris. Allí emplazado, para comprar cigarrillos, todo esto sin advertir que Almonacid los estaba siguiendo al mando de un camión de grandes dimensiones marca Volkswagen, con una batea en la parte posterior.
Así, en momentos en que uno de ellos estaba bajando del rodado por la puerta trasera del lado del acompañante, apareció Almonacid, quien con claras intenciones de darles muerte a los propietarios del vehículo, y sin medir las consecuencias que se podrían haber producido a raíz de su accionar respecto de los restantes ocupantes del rodado, detuvo la marcha adelante del rodado , e inmediatamente dio marcha atrás, embistiendo al vehículo allí estacionado en la parte frontal del vehículo, cerca de la rueda del lado del conductor, lo que hizo que el vehículo realice un movimiento violento, que a su vez embistió a una de las víctimas y lo tiró contra una palma, para luego caer en la vereda, provocando así una abolladura en la puerta trasera del lado del acompañante. Luego de dicho impacto, Almonacid inició su marcha hacia adelante, y pese a los gritos desesperados de los ocupantes del rodado que le pedían que se detenga, nuevamente dio marcha atrás y con el camión impactó violentamente y por segunda vez contra el vehículo, esta vez dando de lleno en la puerta delantera del lado del conductor, provocando una abolladura en dicha puerta.
Producto del accionar de Almonacid, tres de los ocupantes del rodado sufrieron lesiones en distintas partes del cuerpo que en principio revisten carácter leve, mientras que ellos y todos los restantes ocupantes del vehículo sufrieron fuertes dolores durante las horas posteriores al hecho.
Existen elementos de convicción para tener al imputado como probable autor del hecho. Calificado provisoriamente como “homicidio en grado de tentativa, agravado por el vínculo” en el caso de su ex pareja y de “homicidio en grado de tentativa” para el resto de los ocupantes del automóvil, en calidad de “autor para” Almonacid. Solicitando la fiscal en base a los elementos de convicción y la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento la prisión preventiva de Almonacid por tres meses, e igual tiempo de plazo de investigación. Mencionando la gravedad del hecho y la pena en expectativa en caso de recaer condena.
La defensa:
El defensor se opuso a la calificación legal de escogida de tentativa de homicidio y argumentó que la conflictividad no comenzó la noche del hecho, sino que viene de mucho antes. “En los expedientes del Juzgado de familia consta que la que obstruía el contacto entre padre e hijo era la madre”. Que el padre no pueda ver a su hijo es violencia, concluyó el defensor. Respecto del hecho el ataque es contra un auto, y sostuvo la teoría del desistimiento voluntario ya que se fue del lugar y abandonó el plan que emprendió, el daño al auto. Existe una discordancia entre el relato del hecho y la calificación jurídica, agregó la defensa. Solicitando su libertad con prohibición de acercamiento y subsidiariamente su arresto domiciliario. No existe peligro de fuga ya que Almonacid posee arraigo y toda su vida vivió en Comodoro.
La resolución de la jueza:
Finalmente la jueza penal resolvió declarar legal la detención de Almonacid, ya que la misma fue ordenada por un juez penal competente. Asimismo sostuvo que hay elementos de convicción para formalizar el hecho relatado por la fiscalía, en base a la calificación legal provisoria de Tentativa de homicidio” por el término de tres meses. Asimismo agregó que no surge que el imputado haya incumplido alguna orden de prohibición del Juzgado de familia, por lo cual dictó su libertad con prohibición de acercamiento y contacto por cualquier red social a las víctimas y prohibición de referirse a la causa por cualquier vía, caso contrario se analizará su privación de libertad.